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martes, 28 de septiembre de 2010

Los peritos y la prueba pericial


LOS PERITOS EN EL PROCESO PENAL
Los peritos son terceras personas, competentes en una ciencia, arte, industria o cualquier forma de la actividad humana, que dictaminan al juez respecto de alguno de los hechos que se investigan en la causa y se relacionan con su actividad.
El juez verá la coordinación lógica y científica; la suficiencia de sus motivos y sus razones, y de ahí la importancia de la motivación de la misma, pues si falta, podrá rechazarse la pericia u ordenarse su aclaración.
Aunque parezca formalmente perfecta y bien motivada, el juez, por no estar convencido, podrá refutarla, pero no significa que puede imponer su arbitrariedad o su capricho, no podrá rechazarla simplemente.
Tendrá que argumentar a su vez tener en cuenta el resto de la prueba obtenida, expondrá las razones por las cuales no concuerda con la pericia y la corrección o incorrección de sus argumentos serán a su vez valorados, como los de pericia, por el superior jurisdiccional.

LOS PERITOS Y LOS TESTIGOS
El testigo se caracteriza por un concepto de generalidad; el perito por el de especialidad. Helié decía que es delito quien crea los testigos, mientras que los peritos, por el contrario, son elegidos por el juez o por las partes. En lo que se refiere al testigo, éste es un medio de prueba y un tercero, o sea, no es un sujeto de la relación procesal, pero a diferencia del perito, no se le puede reemplazar por otro, ya que los hechos determinan según quién los presencie o escuche, qué persona puede declarar.
Además, mientras que el perito declare sobre la base de sus conocimientos, o sea, dictamina, el testigo lo hace sobre sus percepciones, y el primero toma conocimiento del asunto por encargo del juez.

OBJETO DE LA PRUEBA PERICIAL
El objeto de la pericia es el estudio, examen y aplicación de un hecho, de un objeto, de un comportamiento, de una circunstancia o de un fenómeno. Es objeto de la prueba pericial establecer la causa de los hechos y los efectos del mismo, la forma y circunstancia como se cometió el hecho delictuoso.

GARANTÍAS DE LA PRUEBA PERICIAL
Son los siguientes:
  1. Número.- La ley ordena que se nombren dos peritos, a fin de que sean dos pareceres y puedan aportar mayores conocimientos en el examen a practicar.
  2. Competencia.- La Ley pide que se nombren profesionales y especialistas; sólo si no lo hubiere, el Juez designará a persona a personas de reconocida "honorabilidad y competencia en la materia".
  3. La Imparcialidad.- Se asegura mediante el juramento prestado en el momento de entregar la pericia.
  4. Garantías de la Instrucción.- Como en toda diligencia judicial, la designación de peritos debe ser comunicada a quienes intervienen en el proceso.
  5. Nombramiento.- Como norma general, el nombramiento de peritos corresponde al juez de la causa y lo hará mediante auto.
CLASES DE EXAMENES PERICIALES

1.- Balística Forense.- sus objetivos son:
  • Practicar exámenes de las armas de fuego que le sean remitidas o recogidas en la escena del delito, para determinar sus características, su estado de conservación y funcionamiento, y si han sido o no disparadas recientemente.
  • Realizar las inspecciones Técnico Balísticas en el lugar de los hechos.
  • Realizar la prueba de la parafina, para determinar o detectar restos de pólvora, en sospechosos, víctima y vestimentas de los mismos.
  • Practicar estudios comparativos de proyectiles y casquillos, para identificar las armas de fuego.
  • Realizar exámenes de las heridas en las víctimas por armas de fuego, para determinar orificios de entrada y salida.
  • Realizar exámenes de marcas de fábrica, numeraciones otros grabados que existen en las armas de fuego.
  • Realizar exámenes de sustancias explosivas, sujetas a investigación.
  • Efectuar la recolección de toda clase de muestra de armas de fuego, cartuchos, proyectiles, casquillos y artefactos explosivos.
2.- Biología Forense.- tienen los siguientes objetivos:
  • Practicar exámenes ectoscópicos en personas cadáveres, para determinar características y posibles causas de las lesiones que presentan.
  • Practicar exámenes clínicas forenses en personas embriagadas, drogadas.
  • Practicar la re-estructuración de las pupilas dérmicas del cadáver no identificado.
  • Practicar análisis de manchas de sangre y semen, para determinar su naturaleza, características.
3.- Pericias Contables.- Aquí se trata de la actividad que necesariamente tiene que desempeñar un contador Público, para formular balances, cuentas, planillas, etc.

4.- Dactiloscópicas.- Tienen los siguientes objetivos:
  • Identificar dactiloscópicamente a las personas que incurren en delitos, a los que solicitan certificados en antecedentes policiales.
5.- Físico química.- tienen los siguientes objetivos:
  • Realizar estudios de fracturas y naturaleza de vidrios y cristales.
  • Realizar exámenes de marcas, números de serie y otras señales, en objetos y materiales sometidos a peritaje.
  • Realizar estudios microscópicos, mediante las diferentes técnicas.
  • Practicar exámenes de cortes y roturas en vestimentas y otros materiales, etc., etc.
6.- Fotografía Forense.- sus objetivos son:
  • Fotografiar a las personas naturales con fines de identificación, así como a los indicios y evidencia que sirvan en el descubrimiento de los hechos delictuosos.
  • Procesar las tomas fotográficas con fines de identificación.
  • Fotografiar la reconstrucción del hecho, en la escena del delito. Etc.
7.- La Odontología Forense.- sus objetivos son:
  • Identificar a las personas, mediante examen buco palatino, y del macizo cráneo facial.
  • Confeccionar los odontogramas a todas aquellas personas que por razón de viaje, trabajo, uso de armas de fuego y residencia de extranjeros en el país deban figurar en el archivo de odontogramas.
  • Confeccionar los odontogramas a los cadáveres sujetos a investigación policial. etc.
8.- Pericias Toxicológicas.- Toda muerte sospechosa de criminalidad exige autopsia.

A veces junto al cadáver junto al cadáver se encuentra un frasco con sustancias sospechosas. El frasco debe ser remitido al laboratorio, pues puede contener veneno y ser ésta la causa de la muerte.

9.- Psiquiátricas.- La pericia psiquiátrica reviste suma importancia. Los peritos deben informar acerca del estado mental del procesado y de su antigüedad, establecer si los trastornos, taras o anomalías han suprimido o solamente disminuido la conciencia del acto y por consiguiente su responsabilidad. Debe objetivar sus datos mediante un modelo estandarizado. Apreciando el mérito de esta opinión técnica, al juzgador corresponde resolver si es o no imputable. Si el Juez tuviere duda sobre el estado mental, puede recabar la opinión de otro perito y si es necesario el examen psiquiátrico o psicológico; si no hubiere tal examen, la sentencia es nula.

PARTES DEL DICTAMEN PERICIAL

Este documento comprende tres partes:
  1. Descripción de la persona o cosa, objeto del examen, indicando su estado en el momento de realizar el examen.
  2. Relación de las operaciones practicadas, indicando el método científico empleando así como los resultados.
  3. Conclusión a que han llegado en vista del examen pericial y como resultado de haber aplicado los principios científicos indicados.
Emitido el dictamen, los peritos se presentarán al juzgado para entregarlo personalmente y ante el juez realizar la última etapa de la pericia; la diligencia de entrega y ratificación.

miércoles, 4 de agosto de 2010

Curso Psicografología, Pericia Caligráfica y Documentoscopia UNED

Desarrollo Profesional / Curso 2010 -2011
PSICOGRAFOLOGÍA, PERICIA CALIGRÁFICA Y DOCUMENTOSCOPIA
Curso 2010 - 2011
Departamento de Organización de Empresas
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
Código 601

Más información en la dirección
http://cursos.docens.net/
versión .pdf

1. Destinatarios
DIRIGIDO A PROFESIONALES DE LOS SIGUIENTES AMBITOS:
Banca, Notarias; Registros, Abogados, Personal embajadas, Cuerpos Diplomáticos , Detectives, Directores de seguridad, Aduanas, Funcionarios Psicólogos, sociólogos y empresas de recursos humanos. Miembros de las FF.CC.SS que quieran o necesiten promocionarse en su actual trabajo, que necesiten un titulo propio. Personas que deseen introducirse en el ámbito de la Psicografología, Grafística y Documentoscopia. Profesionales del sector que requieran titulo propio universitario además de ampliar los conocimientos ya adquiridos.
REQUISITOS ESPECÍFICOS: No existen.

2. Presentación y Objetivos
Los principales objetivos en la realización del curso son, entre otros, los siguientes:
Ofrecer un programa especializado, diferente y complementario, de interés para personas que necesiten introducirse en el ámbito de la pericia tanto judicial como profesional independiente de este sector en general.
Añadir, a los innumerables recursos de la UNED, la colaboración de expertos profesionales de la pericia Psicografológica, Grafística y Documentoscopia, que proporcionen una orientación práctica y actual de la dirección y gestión de los Peritajes.
Propone un programa que, además de un título propio de la UNED (Experto Profesional), ofrezca la posibilidad de obtener la titulación para ejercer como PERITO CALÍGRAFO JUDICIAL o PERITO CALÍGRAFO INDEPENDIENTE.
Ofertar en convocatoria abierta, a nivel nacional, un programa de este tipo que estimule a las personas interesadas en la pericia Psicografológica, Grafistica y Documentoscopia, y formarse con los conceptos más actuales manejados en dicho ámbito.
Ayudar a elevar la formación de los profesionales en pericias Psicografológica, Grafística y Documentoscopia.
Consolidar los conocimientos mediante la realización de ejercicios y casos prácticos con la modalidad de presencial

3. Contenido
MODULO A:
Historia de la escritura y de la Grafología.
Leyes Generales de la Grafología.
Especialidades de la Grafología.
Estudio de la página, línea, palabra y letra.
Estudio de los Gestos tipo, óvalo y sobre.
MODULO B:
Estudio de la firma y rúbrica
Introducción a la Grafología inductiva alfabética.
Introducción a la grafopatología clínica.
Informe grafológico fundamental
Informe grafológico forense
MODULO C:
Laboratorio Grafotécnico.
Pericia caligráfica sobre firmas, rúbricas y visés parte primera (realización de informe
pericial caligráfico)
Pericia caligráfica sobre firmas, rúbricas y visés, parte segunda(realización de informe pericial caligráfico)
Tipo de falsificaciones
Modificaciones de firmas.
MODULO D:
Análisis de anónimos.
Realización de cuerpos de escritura para firmas y anónimos.
Estudio de testamentos ológrafos.
Análisis de Grafittis y tags
Práctica procesal.
Realización de pericias lingüísticas
Tipos y análisis de escrituras mecanográficas.
Los documentos.
Datación de documentos.
Estudio del papel
Estudio de las tintas.
Clases de sellos.
MODULO E:
Medidas de seguridad en Billetes de papel moneda y billetes de lotería nacional
Filatelia.
Estudio de documentos oficiales y mercantiles
Obras de arte.

4. Metodología y Actividades
El modelo de enseñanza a distancia utilizado es el propio de la UNED y tiene carácter integral y metodológico, es decir, combina la enseñanza convencional mediante clases presenciales, apoyo tutorial y el aprendizaje autónomo.
Hay 6 sesiones presenciales obligatorias que se desarrollarán a razón de una al mes (Diciembre a Abril) siempre en la primera semana (salvo fuerza mayor que se realizaría en la segunda semana). La sede de las clases es el Centro Asociado UNED "Andrés Manjón" (C/ Francos Rodríguez, 77, 28039 - Madrid).

5. Material Didáctico Obligatorio
El material didáctico del curso, que se entregará a los alumnos en papel y medios digitales impresos, consta de:
Textos específicos propios sobre las materias reseñadas;
Legislación y normativa;.
El supuesto práctico del trabajo de investigación;
Los cuadernos de evaluación y trabajos prácticos a distancia, y
Las lecturas complementarias.
El material docente se actualiza cada año y consiste en 800pp-900pp páginas de
materiales propios del curso elaborados por el profesorado del mismo.

6. Atención al Alumno
Despacho: 1.36 de la Facultad de CC. Económicas
Dirección: Senda del Rey 11, 28040 Madrid
Teléfono: 91.398.6383
Día y Horario de Tutorías: Miércoles lectivos de 17.00 a 20.00 H
Correo electrónico: gescalera@cee.uned.es .
a) Consultas por correo.
El alumno podrá remitir por correo las cuestiones que desee plantear a los profesores. Se aconseja conservar copia de la comunicación con objeto de agilizar y facilitar su contestación.
Estas consultas se contestarán a la mayor brevedad posible, bien por escrito o por teléfono en día de consulta, a cuyo efecto deberán consignar necesariamente el número de teléfono.
Se recomienda a los alumnos utilizar preferentemente este medio de consulta ya que permite un tipo de respuesta detallada y meditada, que puede ser de la máxima ayuda en el proceso de estudio.
Al igual que las pruebas y trabajos, las consultas deberán remitirse a la dirección antes indicada
b) Consultas por teléfono
Las consultas mas urgentes, o que por su naturaleza sean susceptibles de una contestación rápida, pueden efectuarse por teléfono.
Cuando el alumno desee realizar una consulta telefónica, podrá llamar, a los números: 913987874/ 3986383 e indicar el tema de su consulta y número de teléfono.
Las consultas se referirán específicamente a la materia correspondiente al mes en curso (véase la programación del curso).
c) Consultas por correo electrónico:
Aquellos alumnos que dispongan de correo electrónico, pueden enviar sus consultas vía e-mail a la dirección electrónica de los cursos que es: cursosdepericiauned@ya.com
d) Consultas directas durante las clases presénciales:
Los alumnos podrán aprovechar las clases presénciales para aclarar cualquier duda sobre la materia que en ese momento se esté impartiendo.
e) Consultas administrativas:
Para todas las cuestiones de tipo administrativo tales como: Inscripción, plazos, recepción del material, fechas de las reuniones, etcétera las consultas deberán dirigirse exclusivamente a las unidades de administración de los cursos que son:
Fundación General de la UNED
CI Francisco de Rojas, 2 2° dcha.
28010 Madrid (España)
Tfnos.: (+34) 91.386.72.75/15.92 Fax: (+34) 91.386.72.79

7. Criterios de Evaluación y Calificación
Aprobar todos los ejercicios de evaluación y trabajos prácticos que se remitan. Podrán repetirse aquellos calificados de insuficientes.
La elaboración y el diseño del trabajo de investigación. Podrán repetirse aquellos calificados de insuficientes.
La defensa presencial del TRABAJO DE INVESTIGACION, que se realizará en el Centro Asociado UNED "Andrés Manjón" en el mes de Mayo, fijándose con cada alumno de forma individualizada el día de cada defensa, y las respuestas correctas a diferentes preguntas que los profesores realizarán al alumno de las materias del curso relacionadas. (Las preguntas vendrán explicadas en los textos que se remitan a los alumnos). Podrán repetirse aquellos calificados de insuficientes.
En cualquier caso los trabajos deberán estar completados y entregados antes del 30 de junio.

8. Duración y Dedicación
Inicio de curso: 11/2010, Fin de curso: 06/2011
Número créditos ECTS: 25

9. Equipo Docente
D. Gregorio Escalera Izquierdo (Director) Departamento: Organización de Empresas
Colaboradores
D. Francisco Perosanz Martin

10. Precio Público del curso
Precio público de matrícula: 1.000,00 €
Precio del material: 300,00 €

11. Matriculación
Fundación UNED
Francisco de Rojas, 2-2º Dcha
28010 Madrid
Teléfono: +34 913867275 / 1592
Fax: +34 913867279
http://www.fundacion.uned.es

martes, 27 de julio de 2010

Análisis de contenido basado en criterios (CBCA)


Esta técnica de análisis evalúa la calidad del contenido de una declaración utilizando una serie de criterios definidos.

El supuesto básico del CBCA es que las declaraciones que se basan en memorias de sucesos reales (auto-experimentados) son diferentes en calidad de las declaraciones que no se basan en la experiencia, sino que son meros productos de la fantasía tal y como ya había puesto de manifiesto Undeutsch (1967, citado en Steller y Boychuk, 1992). Los “criterios de realidad” o “criterios de contenido” reflejan rasgos específicos que diferencian testimonios verdaderos de testimonios inventados. Cada criterio de contenido es un indicador de la veracidad de una declaración, esto es, su presencia en una declaración dada se contempla como indicador de la veracidad de esa declaración, aunque su ausencia no significa necesariamente que la declaración sea falsa. 
La CBCA tiene en cuenta 19 criterios de contenido enmarcados en cinco categorías: características generales,contenidos específicos de la declaración, peculiaridades del contenido, contenidos relacionados con la motivación, y elementos específicos de la agresión que van desde lo más general a lo más específico.
A.- Características Generales. 
La primera categoría se refiere a las características generales de la declaración y requieren el examen de la declaración como un todo, ya que los criterios se refieren al testimonio completo. Estos criterios constituyen un primer paso en el análisis y se pueden evaluar sin referencia a los detalles del contenido de la declaración. 
El primero de los criterios es la estructura lógica  que aparece cuando los diferentes detalles en una declaración describen de forma independiente el mismo curso de evento, es decir, si la declaración completa encaja. La producción desestructurada se basa en que los testimonios falsos suelen presentarse de una manera continuamente estructurada y generalmente cronológica Además, la declaración debe contener una cantidad suficiente de detalles para que sea posible proceder a su análisis, porejemplo, sobre la localización, personas, objetos y acciones implicados en el abuso. La simplicidad del suceso implicará una reducida cantidad de detalles, por lo que este aspecto debe ser valorado a la hora de considerar la presencia de este criterio. 
A diferencia de los restantes criterios, estos tres son necesarios para apoyar la credibilidad de una declaración, esto es, su ausencia (especialmente de los criterios 1 y 2) indica falta de credibilidad de una declaración. 
B.- Contenidos específicos. 
La incardinación contextual se refiere a descripciones que anclan al suceso bajo evaluación en el tiempo y el espacio. Una ampliación especial de este criterio, si lo consideramos en sentido más amplio, lo constituye el contexto vital del menor. De esta forma, se esperaría que un suceso de la naturaleza de las agresiones sexuales afectara de alguna forma a la historia biográfica del menor, no siendo esperable que su ocurrencia tuviera lugar como algo aislado sin ningún tipo de repercusión en la vida del niño, de igual forma que debieron darse algunos hechos previos que progresivamente llevaran al suceso,ya que es un hecho conocido que las agresiones sexuales (fundamentalmente si son producidas por conocidos) no se producen repentinamente sino que suelen darse conductas de aproximación previas del agresor al menor, tal y como argumentaba Undeutsch (1989) en el criterio de anclaje. Además, la aparición en el relato de descripciones de interacciones referidas a la agresión sexual entre el agresor y el menor es un indicativo de credibilidad, de igual modo que si reproduce conversaciones mantenidas con el agresor en el transcurso de la agresión o en conversaciones relacionadas con ella. 
Un último criterio perteneciente a esta categoría es la mención al complicaciones inesperadas durante el incidente  que suponen dificultades imprevistas que entorpecen el curso habitual del suceso y cuya mención no obedece a otras motivaciones. Estos cuatro criterios son contenidos específicos adicionales que se consideran signos de veracidad de una declaración.
C.- Peculiaridades del Contenido. 
La aparición en la declaración del menor de detalles inusuales o únicos con visos de realidad son un indicativo de la realidad de la declaración. Ya que su probabilidad de ocurrencia es muy baja no es esperable su aparición en relatos inventados. También los detalles superfluos narrados por el menor son un indicativo de realidad, ya que cuando una persona miente no es probable (menos aun siendo un niño) que se invente detalles que son irrelevantes para la acusación. Tampoco es esperable encontrar en relatos inventados alusiones al estado mental del menor ni al del agresor. La alusión a sentimientos, emociones u otros estados mentales de los implicados en la agresión se consideran indicadores de realidad en cuanto que no se espera que estén presentes en relaciones ficticias. 
El criterio sobre el informe exacto de detalles mal entendidos se cumple si el menor proporciona una descripción correcta de una observación y al mismo tiempo malinterpreta el fenómeno descrito. Descripciones del semen o del acto de eyaculación dadas por niños muy pequeños a menudo están “más allá del horizonte de la comprensión del testigo” (Undeutsch, 1967, p.141; citado en Steller y Koehnken, 1989). Las asociaciones externas relacionadas están presentes si el testigo informa de conversaciones con el supuesto agresor que se refieren a sucesos anteriores. 
D.- Contenidos relacionados con motivación. 
Este grupo de criterios de contenido incluye rasgos de la declaración que traicionan o desvelan la motivación del niño para informar en falso. Son criterios de este tipo las correcciones espontáneas que emite el menor sobre su propio testimonio, admitir falta de memoria sobre algún dato concreto, exponer dudas de otros sobre el propio testimonio u objeciones anticipadas contra la veracidad del propio testimonio, mencionar detalles autodesaprobadores, desfavorables o autoincriminadores así como cuando el menor tiende a perdonar al agresor de forma que en su declaración tiende a favorecer al acusado proporcionando explicaciones o exculpaciones de su conducta .
E.- Elementos específicos de la agresión. 
Detalles característicos de la agresión:  El estatus extraordinario de este criterio de contenido se refleja en el hecho de que es necesaria una competencia específica para tratar con este criterio. Se necesita conocimiento sobre las formas típicas en las que se cometen delitos sexuales. El acuerdo entre partes de la declaración y esos cursos típicos de agresiones sexuales específicas se toman como una indicación de la veracidad de la declaración. El criterio se cumple de forma fuerte si las descripciones específicas de la agresión contradicen creencias mantenidas por no profesionales y al mismo tiempo están en correspondencia con hallazgos empíricos de abuso sexual infantil. En caso de incesto, por ejemplo, se pueden considerar como elementos específicos un largo periodo de relación incestuosa, conducta 
sexual relativamente menor al comienzo y una progresiva escalada, así como un cambio en la actitud de la víctima hacia el autor del delito. 
La evaluación de los criterios de contenido es un proceso complejo que se compone de aspectos cuantitativos y cualitativos. Como en el caso de las propuestas de Undeutsch (1989), cuando se aplica el CBCA se tiene que seguir ciertas reglas. La primera regla afirma que las meras repeticiones en diferentes pasajes de la declaración no aumenta la valoración de la presencia de un criterio. La segunda regla implica que un pasaje en una declaración dada puede cumplir más de un criterio. Así, es posible una puntuación doble. Y, tercera, sólo los contenidos que están relacionados de alguna manera con el incidente se consideran, no todo lo que un testigo podría contar se evalúa en relación con el análisis de credibilidad.
La presencia de cada criterio se evalúa de acuerdo con tres valores: ausente, presente y fuertemente presente. Los criterios de contenido favorecen el examen sistemático de la declaración en distintos niveles, y permiten la inclusión de un mismo dato en varios criterios a la vez. Cuantos más criterios y con más fuerza aparezcan más credibilidad se estimará a la declaración del menor, aunque su ausencia no indica mentira, sino más bien indeterminación. 
Sin embargo, como toda regla tiene sus excepciones y en estos casos esas excepciones pueden ser más importantes que la misma confirmación de la presencia de los criterios. Ya dijimos que es esencial tener en cuenta diversos factores que pueden afectar a las declaraciones de los menores y, en general, todo aquello que la psicología cognitiva conoce acerca del funcionamiento de la memoria. Puede darse el caso de que algunos factores contribuyan a que la aparición de ciertos criterios no vaya a favor de la credibilidad de la declaración, sino en su contra. De igual forma la ausencia de un determinado criterio, dependiendo de las circunstancias, podría ser positivo. Por eso es importante que el psicólogo que realice una análisis de la credibilidad de las declaraciones conozca en profundidad, e incluso sea experto en el estudio de los procesos de memoria. De no ser así, la probabilidad de error en la valoración de la credibilidad aumentará considerablemente. 
Tras evaluar los criterios de contenido en términos de la medida en que se cumplen en una declaración determinada, este análisis de los criterios individuales se combina para permitir una evaluación global de la calidad de una declaración. Esta evaluación de la calidad es útil para posteriormente realizar una evaluación del probable grado de la validez(credibilidad) de un testimonio. Dicho de otro modo, da información sobre la probabilidad de que un testigo haya sufrido la supuesta agresión. 
Ni en la época en que Steller y colaboradores (Steller, 1989; Steller y Boychuk, 1992; Steller y Koehnken, 1989) publicaron sus trabajos ni en la actualidad, es posible realizar una evaluación cuantitativa del grado de validez de una declaración. El nivel actual de desarrollo del CBCA no permite sopesar los criterios o producir puntuaciones de corte. 
La evaluación sólo puede ser cualitativa. Además, la evaluación de cualquier declaración debe estar en relación con las capacidades verbales y cognitivas del niño y en relación con la complejidad del suceso o sucesos que se describen. 
El número de criterios encontrados en una declaración está determinado por lalongitud de la declaración, así como por la naturaleza del suceso y las capacidades cognitivas del menor. Obtener una declaración de suficiente longitud para realizar un análisis de contenido basado en criterios depende de dirigir adecuadamente la entrevista. Un prerrequisito básico para la entrevista es obtener tanta información previa sobre el caso como sea posible. Este requisito contrasta con algunas recomendaciones en la bibliografía sobre entrevistas en casos de abuso sexual infantil. El problema de esa recomendación es que el investigador puede, por ignorancia, perder información importante.

jueves, 17 de junio de 2010

La Evaluación Pericial Forense

Para empezar con las entradas en nuestro blogg nos ha parecido oportuno utilizar estos vídeos sobre la Evaluación Pericial Forense en la que se nos desarrolla a lo largo de dos vídeos la forma de actuar para hacer un adecuado peritaje forense incidiendo sobre todo en los criterios psicopatológicos del peritaje en el ámbito penal.
El ponente de los vídeos es el Dr Bernat Noël Tiffon Nonis, Profesor de Psicología Criminal de la Universitat Internacional de Catalunya (UIC).














LA EVALUACION PERICIAL FORENSE DE LA IMPULSIVIDAD PSICOPATOLÓGICA EN EL AMBITO PENAL DE LA SEGURIDAD

Muchos de los delitos que se acontecen presentan un denominador común con respecto a los rasgos de personalidad de base del encausado-imputado en cuanto a una acentuación y marcada impulsividad psicopatológica. La grabación pretende ofrecer una pormenorización de la impulsividad psicopatológica en sus distintas dimensiones y, sobretodo, en cuanto al interés jurídico-legal por lo que respecta a Delitos Telemáticos (visualización de pornografia infantil por internet), Delitos contra la Libertad Sexual (agresiones sexuales, ya sea en adultos como en menores) o Delitos contra los Bienes y/o Patrimonio.