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lunes, 15 de abril de 2013

Sobre el momento oportuno del informe pericial

Este articulo ha sido publicado originalmente en Togas.biz

La actividad Letrada, sobre todo en el primer momento de recibir el encargo profesional, es una de las etapas más delicadas cuando de comparecer ante el Juzgado de Guardia se trata. 
Circunscribiéndonos exclusivamente al ámbito jurisdiccional Penal, en ocasiones los Operadores Jurídicos olvidamos que, ya desde ese preciso momento se hace imprescindible articular la prueba sobre la que tejerán la estrategia procesal de su defensa. Numerosos detenidos de los que llegan a los Juzgados de Guardia españoles, son sujetos clasificados como padecedores de algún trastorno mental de los tipificados en el DSM-IV-TR o CIE-10 (en tanto que pueden ser alcohólicos, toxicómanos o hallarse bajo la influencia de substancias al momento de la perpetración delictiva o padecer otro tipo de trastornos psíquicos[1]). 
A lo largo de las investigaciones y el profuso estudio de nuestra moribunda LeCrim. Nunca hemos alcanzado a entender por qué el Letrado, a costa de su patrocinado naturalmente, no acude ya en las primeras Diligencias judiciales a la figura del Perito Psicopatólogo Forense (profesional experto en Salud Mental, ora Psicólogo ora Psiquiatra) que pueda, realizar, aunque sea a vuela pluma, si no un diagnóstico, si concretar la impresión u orientación diagnostica del presunto sujeto activo del delito en cuestión. 
Nos conformamos con el llamado “Informe de imputabilidad” emitido por el Médico Forense, a todas luces desde el punto de vista de la Dra. M. Al-Fawal (2013), incorrecto tal y como explica con meridiana claridad en su reciente obra publicada por J.M. Bosch Editor (Barcelona), “Circunstancias Modificativas de la Responsabilidad Criminal y Enfermedad Mental”[2]. 
Dicho informe, será con posterioridad difícilmente posible de combatir dada la proximidad al momento de comisión del ilícito en que se emitió y será objeto de una mayor y mejor valoración por el órgano Juzgador. 
La labor del Perito experto en Salud Mental (Psicólogo y/o Psiquiatra) es analizar la conducta del sujeto en el contexto de la perpetración de los hechos delictivo-criminológicos y establecer el nexo causal de dicho estado psíquico insalubre. Debemos tener en consideración que no en todos los partidos judiciales existen Médicos Forenses especialistas en Salud Mental y, por ende, dicha pericia cuando menos flaquea o adolece en relación a lo que un concreto informe elaborado por un Profesional de la Salud Mental pueda emitir, por poner un ejemplo ilustrativo “¿Quién se va a visitar a un Médico especialista en Cardiología cuando la dolencia es una otitis?”. 
En conclusión, debemos tomar conciencia de la importancia de la probanza a efectos de imputabilidad ab initio del procedimiento, contando desde la primera fase procesal a ser posible, si se conoce la presunta existencia de adicción o estado mental anómalo o disfuncional, de la importancia de la asistencia de un Perito, para poder jugar con las mismas armas procesales, que, en este caso el Ministerio Fiscal, mueve como ficha en su escrito de acusación, tal y como corresponde a su función. 

Dra. Miryam Al-Fawal y Dr. Bernat-N. Tiffon 


[1] Tiffon, B.-N. (2008). “Manual de Consultoría en Psicología y Psicopatología Clínica, Legal, Jurídica, Criminal y Forense”. Colección Bosch Penal. J.M. Bosch Editor. Barcelona. 
[2] Al-Fawal. M. (2013). "Circunstancias Modificativas de la Responsabilidad Criminal y Enfermedad Mental". J.M. Bosch Editor. Barcelona. 
3 Imagen: Película “Recuerda” (1945) de Alfred Hitchcock. Intérpretes: Ingrid Bergman y Gregory Peck. Escenario y decorados. Salvador Dalí. 


Dr. BERNAT-NOEL TIFFON NONIS 

Barcelona 
Pasaje Mulet, nº1 (esquina C./ Zaragoza, nº32) 
08006 Barcelona 
Tel. 650 40 28 38 Fax. 
Email: tiffon@psicologialegal.com 

miércoles, 10 de octubre de 2012

Características propias de las periciales de los Psicólogos de Familia

  • Máximo respeto a la intimidad de las personas y máxima prudencia. No se pueden asumir los juicios de valor o las opiniones de los cónyuges y trasladarlos al informe como si de hechos probados se tratara. Tampoco el perito puede entrar a realizar valoraciones de tipo subjetivo que se apartan de las propias de la psicología clínica. Se obviaran calificativos peyorativos o positivos que simplemente no aclaran el conflicto, ejemplo: “se trata de un buen padre”, “es una mala madre”, “le fue infiel dos semanas antes”, “el informado es homosexual”, etc. Si fuera necesario hacer mención de aspectos de valoración subjetiva porque sí afectan a la mejor comprensión del conflicto, entonces estos se destacan entre comillas y siempre especificando de dónde procede la información. 
  • Principio de equidad. Se practicaran las mismas pruebas a los dos excónyuges, dentro de la medida de lo posible y razonable. Por ejemplo si se practica una entrevista conjunta entre la madre y el hijo se mantendrá de la misma forma una entrevista entre el padre y el hijo. De la misma forma se tiende a pasar las mismas pruebas psicológicas. 
  • Siempre que se puede se prescindirá de etiquetas de tipo clínico, las cuales en la mayoría de los casos no aportan ningún beneficio sino que agravan la situación. Evidentemente esto no es siempre posible. Cuando la psicopatología está influyendo y es presumible que va a influir en la relación con los hijos, es necesario especificarla. Si esto es así cuidamos que los términos queden explicados ya que van dirigidos a un público que no es experto. 
  • Aunque vamos a analizar toda la información disponible ya antes de realizar la entrevista y las pruebas que consideremos pertinentes, los informes clínicos realizados con anterioridad, en otro contexto y con intencionalidad diferente a la actual serán tomados con gran prudencia. El perito no puede asumir como propios los dictámenes ajenos que orientan la custodia en un sentido y otro en ocasiones sin haber observado más que a una de las partes en conflicto. 
  • En un informe de familia es básica la observación de la interacción entre los miembros del núcleo familiar, en este sentido las entrevistas conjuntas son de uso frecuente. 
  • El perito nunca pierde de vista que toda la intervención pericial se encuentra inserta dentro de un contexto, “el mejor interés del menor”. 
  • En ese sentido las actitudes, motivaciones y capacidades educadores de los padres constituyen el núcleo de nuestro interés. Es muy importante detectar creencias irracionales, procesos de parentización (el menor asume el punto de vista de uno de los cónyuges siendo utilizado dentro del conflicto como si la separación de los padres fuera un conflicto propio); el llamado “proceso de alineación parental”, concepto del que no conviene abusar (se asume que el menor está siendo manipulado por uno de los cónyuges en contra del otro, siendo que de esta manipulación surge una actitud de rechazo en el niño que es incompatible con cualquier tipo de objetividad hacia el cónyuge alineado y malinterpretado de forma sistemática). 
  • Una vez que el perito realiza las operaciones y obtiene los resultados pasa a elaborar unas conclusiones y en función de éstas elabora un informe razonado que es trasladado a las partes por el juez. 
  • El siguiente paso lo constituye la ratificación. A puerta cerrada, delante del juez y el secretario judicial el perito es interrogado por los abogados de las dos partes sobre el contenido del informe. Las preguntas que le son realizadas deben ser consideradas pertinentes por el juez. Las respuestas del perito son recogidas por escrito y al término de ratificación el perito debe firmar su ratificación ante el juez. 
  • El procedimiento de ratificación en el Juzgado de Familia se puede grabar en video de manera que quede testimonio expreso del mismo. En este caso la firma no es imprescindible.
 
Tomado y modificado en algunos aspectos de: 
Manual de Psicología Forense de Blanca Vázquez Mezquita; Editoial SINTESIS 2005 (pag 14-15)

miércoles, 26 de septiembre de 2012

La evaluación del toxicómano desde el punto de vista de la pericial forense

Os advierto a los lectores seguidores de este blog que en el mismo momento y en el mismo lugar en donde estoy escribiendo esta entrada, la Biblioteca Pública Municipal de Albaida (Valencia) estoy siendo amenazado por un usuario anónimo por los comentarios y las respuestas que le ha dado en mi anterior entrada "Decíamos ayer, o el sutil arte de saber derivar"
Son amenazas que se vienen repitiendo de forma entre constante e intermitente por parte de cierto grupo de personas a las que les ha molestado sobremanera la presencia policial en la zona en la que vivo. 
El usuario anónimo alega a que como es toxicómano, consumidor habitual de canabis, esta en el derecho (dudosamente legal y constitucional) de sembrar plantas de marihuana en terrenos ajenos y que los dueños o familiares de los dueños no están en su derecho (que si que es plenamente legal y constitucional) de poner en conocimiento de las Fuerzas de Seguridad del Estado del hecho delictivo y que se destruyan las citadas plantas de marihuana. 
En todos los casos, tanto en el famoso terreno en el termino municipal de Beniatjar (Beniatjar) como en el que menciona de un terreno propiedad no solo mía sino de tres hermanos y una hermana actuaron las mencionadas fuerzas de seguridad y las plantas fueron como es lógico destruidas para evitar que fueran objeto de un uso ilícito tipificado en el Código Penal como tráfico de drogas .
Ahora vamos a la parte que nos incumbe a nosotros como psicólogos forenses profesionales que han de ejercer de forma seria y responsable. 
Cuando una persona alega descarga de unos hechos delictivos que es consumidor habitual de una sustancia psicoactiva, sea esta alcohol, canabis, cocaína o éxtasis y hay hechos comprobados  de ser tratados por vía penal o están a punto de ser juzgados como es el caso de las famosas plantas destruidas por la Guardia Civil en un terreno de Beniatjar (Valencia). Sus declaraciones, dado que alegan toxicomanía como atenuante de sus acciones han de ser avaladas por un informe pericial forense que ha de hacerse de la forma que ha continuación os exponemos:


Desde el punto de vista de la pericial psicológica pocos casos hay donde las conclusiones de nuestro informe son tan importantes y la posible aproximación a al realidad clínica del sujeto en el momento de los hechos es tan difícil. 
Por eso es posiblemente en estos casos donde la destreza inherente a la capacidad del perito para realizar la entrevista como pieza clave de la evaluación adquiere su máxima importancia. 
En efecto, si la pregunta del juez es “estado mental de la persona en el momento de los hechos en función de su toxicomanía”, o bien el perito psicológico estaba allí en el momento de los hechos, lo cual no es nunca el caso, porque en ése caso sería testigo y no perito, o bien existen pruebas físicas que demuestran que en el momento de los hechos esas persona estaba bajo los efectos de una sustancia estupefaciente. Pero aún en el caso de que no aparecieran sustancias puede ser que la persona estuviera bajo los efectos del síndrome de abstinencia. En ése caso y una vez detenidos los presuntos delincuentes tienen derecho a ser reconocidos por un médico forense. 
Principalmente nos encontramos en esos casos con una situación donde debemos realizar una aproximación “perfectamente ortodoxa” desde el punto de vista pericial y hemos de seguir con el mayor escrúpulo posible todos los pasos de un informe pericial al uso. 
  • Examen del expediente antes de la entrevista. 
  • Análisis de todos los documentos donde se incluye: Tipo de delito. Informe forense si lo hubiera. 
  • Declaraciones del imputados y los testigos. 
  • Informes médicos sobre enfermedades asociadas: hepatitis, VIH, cirrosis, etc. 
  • Informes psicológicos y/o psiquiátricos. 
  • Informes de los centros donde el toxicómano ha estado en tratamiento. 
  • Tratamientos dentro de la cárcel. 
  • Informes toxicológicos: informes sobre la presencia de sustancias en el organismo del imputado en el momento de la detención. 
Es evidente que a veces no vamos a tener toda esa información. Otras veces sera necesario solicitar informes de otros profesionales, o ponernos al habla con ellos. 
Es importante que contactemos con algún miembro del sistema familiar. Muchas veces los familiares del toxicómano se muestran renuentes a colaborar en una pericial porque la toxicomanía del familiar constituye un problema que quieren soslayar. 
En estos casos es muy importante el que el psicólogo sea capaz de contactar telefónicamente con la familia para explicarles la naturaleza de su colaboración. Lo que básicamente se solicita de la familia es que sirvan de “fuente de cotejo de datos” que nos aporta el informado. 
Se suele proceder a entrevistar a la familia en primer lugar, lo mismo que se realiza cuando la pericial se refiere a niños. La filosofía que se sigue es que el toxicómano es básicamente un dependiente. 
Con el expediente estudiado y la familia entrevistada procedemos a entrevistar a la persona que es sujeto de un peritaje. 
La entrevista debe ser semiestructurada, partiendo de las preguntas más cerradas hacia las más abiertas una vez que ya se ha ido estableciendo un nivel de confianza suficiente en el perito. 
Hay que tener en cuenta que en la entrevista procederemos con una metodología expresa y que es idéntica a la de cualquier peritaje excepto que en caso de los toxicómanos nos detendremos a analizar la edad de inicio en el consumo, curso del consumo, historia de deshabituación si la hubo, y motivación para el consumo. Es muy importante determinar cual es el “locus de control” del toxicómano. 
También debemos averiguar si la persona toxicómana ha intentado rehabilitarse y ha recaído, o si nunca lo ha intentado. En una situación de pericial casi todos los toxicómanos van a explicar que alguna vez han intentado deshabituarse. Si esta deshabituación ha sido “ellos solos, sin ayuda de nadie”, no la tomaremos en consideración, porque no es real sino una forma de dar una imagen positiva, aunque efectivamente haya existido la voluntad de dejar la droga en un momento u otro. 
Es importante saber cuantas veces ha estado el toxicómano en la cárcel y en este caso qué ha ocurrido respecto al consumo. 
El acceso a la droga en la cárcel es mucho más difícil. Algunos toxicómanos de hecho acaban por dehabituarse dentro de la prisión. Esta deshabituación física es importante, porque es una muestra de conducta mediante la que el drogodependiente entiende que “puede vivir sin la droga”. Paradojicamente, la desintoxicación es un efecto positivo de la privación de libertad. 
Si después de estar desintoxicado durante un tiempo en la cárcel el toxicómano vuelve a recaer, esto se debe a que su toxicomanía se mantiene sobre factores exteriores de índole psicosocial. Estos factores son casi siempre trastornos de la personalidad y las condiciones sociales a la salida de la prisión que ya existían previamente. 
En una elevada proporción los toxicómanos que salen de la prisión vuelven a recaer si no reciben asistencia social. 
Sin embargo desde el punto de vista de la rehabilitación y del pronostico es mucho más positivo haberse deshabituado y recaído varias veces que no haberlo hecho nunca. 
El apoyo social y familiar es importante, pero a la vez el toxicómano es capaz de “quemar” todos los recursos familiares, tanto los afectivos como los económicos marginalizandose su conducta de forma imparable. 
La droga que más deterioro mental provoca es el alcohol. Contra lo que se piensa los opiaceos no suelen provocar deterioro mental irreversible, si bien sí observamos trastornos psiconeurológicos en una situación de intoxicación. La cocaína tampoco provoca un deterioro mental que se pueda observar a corto plazo. Son corrientes sin embargo los trastornos de la conducta. 
En el toxicómano con preferencia a la heroína no podremos basar nuestro informe sobre el deterioro mental presente, al menos de forma general y salvo excepciones. Como ya se ha expuesto, el toxicómano suele ser politoxicómano, utiliza varias drogas antagonistas para equilibrar o suprimir los efectos de unas y otras. 
Para el perito no es tan importante saber exactamente los efectos sobre la conducta, ya que la mezcla habitual de sustancias y el que los hechos han ocurrido hace tiempo hace imposible saber como se encontraba la persona en ese momento concreto. Para suplir esas limitaciones basemos nuestro dictamen más en la historia biográfica, los antecedentes y consecuentes, si se pueden determinar y la información de la familia, que es esencial. 

Tomado y adaptado del libro Manual de Psicología Forense de Blanca Vázquez Mezquita; Editorial Síntesis; Madrid; 2005; paginas: 163 a 165

miércoles, 4 de abril de 2012

El informe de Neuropsicología Forense. Bases conceptuales

  • Mila Arch: Universidad de Barcelona, España.
  • Conchita Cartel: Psicóloga Forense ámbito privado, España.
  • Adolfo Jarne: Universidad de Barcelona, España.

Antes de la elaboración del informe previamente dicho, es necesario preguntarse si la información y datos obtenidos aseguran contestar a la demanda y a los objetivos planteados en la evaluación. En cuanto al informe escrito, la autora subraya como características esenciales: a) que el informe sea un documento científico; b) que sirva como vehículo de comunicación y; c) que sea útil.
Aguilera y Zaldivar (2003) señalan el papel decisivo que, en opinión de los jueces, tiene el informe psicológico para valorar los aspectos centrales sobre los que se centra la pericia psicológica, indicándonos que: " la mayor parte de los jueces responde que sólo en algunas ocasiones toman decisiones diferentes a las recomendadas en los informes".
Como indica Albarrán (1998), el informe pericial se trata de una prueba indirecta de carácter científico 1o que permite que el juez, desconocedor de nuestro campo profesional, pueda apreciar técnicamente los hechos recogidos en el proceso y tenga conocimiento de su significación científica.
Una buena deficinicón es la de Mauleón (cf. Ibáñez y Ávila, 1990) que define el dictamen pericial como "la opinión objetiva e imparcial de un técnico o especialista, con unos específicos conocimientos científicos, artísticos o prácticos, acerca de la existencia de un hecho y la naturaleza del mismo".
Dicho dictamen, tiene una finalidad objetiva, que es la determinación de unos hechos o sus manifestaciones y consecuencias. Esta objetividad debe ser el principio rector del examen pericial, y ha de ser independiente de los intereses de las partes.
El proceso de peritación en neuropsicología forense gira alrededor del hecho del daño cerebral, entendiéndolo como efecto de una agresión del sistema nervioso central (SNC), de las estructuras anatómicas implicadas y el proceso fisiopatológico de la lesión.
La tarea del neuropsicólogo forense consiste en la valoración de las consecuencias de dicha agresión a efectos de ayudar a resolver el problema legal que se dilucida en un proceso judicial concreto. La resolución se halla condicionada a un determinado proceso judicial, por lo que la evaluación es altamente específica, lo en cualquier ciencia forense. A pesar de ello, en neuropsicología forense existen dos imperativos técnicos que sustentan todo el procedimiento: el análisis del funcionamiento y una correcta atribución de los hechos (Greiffenstein, 2008).
En relación a la primera cuestión, el profesional se enfrenta con la tarea de probar la presencia real del daño, es decir, constatar la existencia de algún tipo de déficit, menoscabo, y/o pérdida. Desde este punto de vista, no es casual que una de las grandes cuestiones de la neuropsicología forense sea la detección y evaluación de la simulación.
La segunda es la objetivización del cambio en relación con una situación anterior, con independencia de si en la situación anterior se demuestra o no la existencia de alteraciones, es decir, que para el neuropsicólogo forense no sirve sólo la constatación de la alteración sino también el gradiente de cambio respecto a una situación anterior. De ahí que otra de las grandes cuestiones sea la evaluación del nivel premórbido.
La tercera cuestión reside en establecer la relación causa/efecto entre las lesiones en el SNC y los efectos evaluados. En esta tarea se debe establecer la línea causal que va del hecho juzgado hasta las lesiones que sustentan el daño cerebral. La competencia específica del neuropsicólogo forense se centra en demostrar la conexión causal entre las lesiones del SNC, las consecuencias neuropsicológicas, psicopatológicas, conductuales y sus repercusiones forenses.

Texto extraído del manual de Neuropsicologái forense: "De la clínica a los tribunales". Adolfo Jarne y Álvaro Aliaga. Editorial Herder. 2010.

Doy las gracias por su publicación a: 
Ignacio González Sarrió.

lunes, 27 de febrero de 2012

"Herramientas para la pericia psicológica en delitos intrafamiliares"


Autor Cristina Rosa Nudel
ISBN 9789875701045
Año Edición 2010
Páginas 368
Encuadernación Rústica
Idioma Español
Precio 55,90 €uros



Sinopsis

«El libro de Cristina Nudel es de una gran originalidad por varias razones. Adopta un punto de análisis novedoso: la familia entendida como una totalidad grupal en donde los vínculos entre sus miembros establecen una sostenida reciprocidad intersubjetiva. Descubre desde este ángulo cómo la manera de entender el caso se modifica a tal punto de no sólo facilitar su lectura sino poder cambiar la decisión jurídica… Gracias a estos desarrollos… No se preguntará tan sólo si un acontecimiento es «enjuiciable», sino que tomará desde ahora en cuenta la estructura familiar incestuosa». Dr. Alberto Eiguer.

viernes, 7 de enero de 2011

Guía para exámenes psicológicos forenses

Guia Sex Forense


La: "Guia de Consulta Abreviada para el examen sexológico forense, Informe Pericial y Manejo del Kit para la toma de muestras en los sectores forenses y de la salud" que os ofrecemos aqui es un documento colombiano que os puede servir por las plantillas que utiliza como un ejemplo de documento apropiado para hacer una pericial en este tipo de casos.

lunes, 8 de noviembre de 2010

Curso de Iniciación a la Psicología Jurídica del Colegio Oficial de Psicólogos de Andalucía Occidental



copao

CURSO:
"INICIACIÓN A LA PSICOLOGÍA JURÍDICA.
ELABORACIÓN DE INFORMES PERICIALES". DELEGACIÓN CÓRDOBA COP-AO


Estimado/a Colegiado/a:

Le remitimos información sobre el CURSO DE FORMACIÓN "INICIACIÓN A LA PSICOLOGÍA JURÍDICA. ELABORACIÓN DE INFORMES PERICIALES", organizada por la Delegación de Córdoba del Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental:

Día de celebración:
19, 20, 26 y 27 noviembre 2010 y 3 y 4 de diciembre de 2010.
Lugar de celebración:
FUNDACIÓN CARLOS CASTILLA DEL PINO, Hospital Los Morales, 5ª Planta, Ctra. Del Santuario, s/n, 14012 CÓRDOBA.
Horario:
Viernes: De 16'00 H. a 21'00 H.
Sábado: De 9'30 H. a 14'00 H. y De 16'00 H. a 20'00 H.
Nº Horas: 40
Plazo de inscripción:
15 de noviembre 2010 (inclusive)
Recepción de inscripciones:
Por riguroso orden de llegada de inscripciones.

Objetivo:

FORMAR AL ALUMNADO EN EL ÁMBITO DE LA PERICIAL PSICOLÓGICA FORENSE, TANTO EN SU COMPLEJIDAD TÉCNICA Y METODOLÓGICA, COMO EN SUS IMPLICACIONES ÉTICAS Y DEONTOLÓGICAS Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA EN EL CAMPO DEL DERECHO.

En nuestra página web: www.copao.es podrá encontrar todas las acciones formativas de nuestro Colegio.

Un cordial saludo.
Área de Formación
COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGÍA DE ANDALUCÍA OCCIDENTAL
C/ Espinosa y Cárcel, 43-45
41005 - Sevilla
Teléfono: 954 66 30 76
Fax: 954 65 07 06

martes, 28 de septiembre de 2010

Los peritos y la prueba pericial


LOS PERITOS EN EL PROCESO PENAL
Los peritos son terceras personas, competentes en una ciencia, arte, industria o cualquier forma de la actividad humana, que dictaminan al juez respecto de alguno de los hechos que se investigan en la causa y se relacionan con su actividad.
El juez verá la coordinación lógica y científica; la suficiencia de sus motivos y sus razones, y de ahí la importancia de la motivación de la misma, pues si falta, podrá rechazarse la pericia u ordenarse su aclaración.
Aunque parezca formalmente perfecta y bien motivada, el juez, por no estar convencido, podrá refutarla, pero no significa que puede imponer su arbitrariedad o su capricho, no podrá rechazarla simplemente.
Tendrá que argumentar a su vez tener en cuenta el resto de la prueba obtenida, expondrá las razones por las cuales no concuerda con la pericia y la corrección o incorrección de sus argumentos serán a su vez valorados, como los de pericia, por el superior jurisdiccional.

LOS PERITOS Y LOS TESTIGOS
El testigo se caracteriza por un concepto de generalidad; el perito por el de especialidad. Helié decía que es delito quien crea los testigos, mientras que los peritos, por el contrario, son elegidos por el juez o por las partes. En lo que se refiere al testigo, éste es un medio de prueba y un tercero, o sea, no es un sujeto de la relación procesal, pero a diferencia del perito, no se le puede reemplazar por otro, ya que los hechos determinan según quién los presencie o escuche, qué persona puede declarar.
Además, mientras que el perito declare sobre la base de sus conocimientos, o sea, dictamina, el testigo lo hace sobre sus percepciones, y el primero toma conocimiento del asunto por encargo del juez.

OBJETO DE LA PRUEBA PERICIAL
El objeto de la pericia es el estudio, examen y aplicación de un hecho, de un objeto, de un comportamiento, de una circunstancia o de un fenómeno. Es objeto de la prueba pericial establecer la causa de los hechos y los efectos del mismo, la forma y circunstancia como se cometió el hecho delictuoso.

GARANTÍAS DE LA PRUEBA PERICIAL
Son los siguientes:
  1. Número.- La ley ordena que se nombren dos peritos, a fin de que sean dos pareceres y puedan aportar mayores conocimientos en el examen a practicar.
  2. Competencia.- La Ley pide que se nombren profesionales y especialistas; sólo si no lo hubiere, el Juez designará a persona a personas de reconocida "honorabilidad y competencia en la materia".
  3. La Imparcialidad.- Se asegura mediante el juramento prestado en el momento de entregar la pericia.
  4. Garantías de la Instrucción.- Como en toda diligencia judicial, la designación de peritos debe ser comunicada a quienes intervienen en el proceso.
  5. Nombramiento.- Como norma general, el nombramiento de peritos corresponde al juez de la causa y lo hará mediante auto.
CLASES DE EXAMENES PERICIALES

1.- Balística Forense.- sus objetivos son:
  • Practicar exámenes de las armas de fuego que le sean remitidas o recogidas en la escena del delito, para determinar sus características, su estado de conservación y funcionamiento, y si han sido o no disparadas recientemente.
  • Realizar las inspecciones Técnico Balísticas en el lugar de los hechos.
  • Realizar la prueba de la parafina, para determinar o detectar restos de pólvora, en sospechosos, víctima y vestimentas de los mismos.
  • Practicar estudios comparativos de proyectiles y casquillos, para identificar las armas de fuego.
  • Realizar exámenes de las heridas en las víctimas por armas de fuego, para determinar orificios de entrada y salida.
  • Realizar exámenes de marcas de fábrica, numeraciones otros grabados que existen en las armas de fuego.
  • Realizar exámenes de sustancias explosivas, sujetas a investigación.
  • Efectuar la recolección de toda clase de muestra de armas de fuego, cartuchos, proyectiles, casquillos y artefactos explosivos.
2.- Biología Forense.- tienen los siguientes objetivos:
  • Practicar exámenes ectoscópicos en personas cadáveres, para determinar características y posibles causas de las lesiones que presentan.
  • Practicar exámenes clínicas forenses en personas embriagadas, drogadas.
  • Practicar la re-estructuración de las pupilas dérmicas del cadáver no identificado.
  • Practicar análisis de manchas de sangre y semen, para determinar su naturaleza, características.
3.- Pericias Contables.- Aquí se trata de la actividad que necesariamente tiene que desempeñar un contador Público, para formular balances, cuentas, planillas, etc.

4.- Dactiloscópicas.- Tienen los siguientes objetivos:
  • Identificar dactiloscópicamente a las personas que incurren en delitos, a los que solicitan certificados en antecedentes policiales.
5.- Físico química.- tienen los siguientes objetivos:
  • Realizar estudios de fracturas y naturaleza de vidrios y cristales.
  • Realizar exámenes de marcas, números de serie y otras señales, en objetos y materiales sometidos a peritaje.
  • Realizar estudios microscópicos, mediante las diferentes técnicas.
  • Practicar exámenes de cortes y roturas en vestimentas y otros materiales, etc., etc.
6.- Fotografía Forense.- sus objetivos son:
  • Fotografiar a las personas naturales con fines de identificación, así como a los indicios y evidencia que sirvan en el descubrimiento de los hechos delictuosos.
  • Procesar las tomas fotográficas con fines de identificación.
  • Fotografiar la reconstrucción del hecho, en la escena del delito. Etc.
7.- La Odontología Forense.- sus objetivos son:
  • Identificar a las personas, mediante examen buco palatino, y del macizo cráneo facial.
  • Confeccionar los odontogramas a todas aquellas personas que por razón de viaje, trabajo, uso de armas de fuego y residencia de extranjeros en el país deban figurar en el archivo de odontogramas.
  • Confeccionar los odontogramas a los cadáveres sujetos a investigación policial. etc.
8.- Pericias Toxicológicas.- Toda muerte sospechosa de criminalidad exige autopsia.

A veces junto al cadáver junto al cadáver se encuentra un frasco con sustancias sospechosas. El frasco debe ser remitido al laboratorio, pues puede contener veneno y ser ésta la causa de la muerte.

9.- Psiquiátricas.- La pericia psiquiátrica reviste suma importancia. Los peritos deben informar acerca del estado mental del procesado y de su antigüedad, establecer si los trastornos, taras o anomalías han suprimido o solamente disminuido la conciencia del acto y por consiguiente su responsabilidad. Debe objetivar sus datos mediante un modelo estandarizado. Apreciando el mérito de esta opinión técnica, al juzgador corresponde resolver si es o no imputable. Si el Juez tuviere duda sobre el estado mental, puede recabar la opinión de otro perito y si es necesario el examen psiquiátrico o psicológico; si no hubiere tal examen, la sentencia es nula.

PARTES DEL DICTAMEN PERICIAL

Este documento comprende tres partes:
  1. Descripción de la persona o cosa, objeto del examen, indicando su estado en el momento de realizar el examen.
  2. Relación de las operaciones practicadas, indicando el método científico empleando así como los resultados.
  3. Conclusión a que han llegado en vista del examen pericial y como resultado de haber aplicado los principios científicos indicados.
Emitido el dictamen, los peritos se presentarán al juzgado para entregarlo personalmente y ante el juez realizar la última etapa de la pericia; la diligencia de entrega y ratificación.

martes, 6 de julio de 2010

Sobre el tema de la discusión de la evaluación practicada en un informe pericial forense


Retomamos el informe pericial psicológico del post anterior para poner un ejemplo de como se argumentaría una situación de posible diagnostico diferencial entre Trastorno de la Personalidad Antisocial y Psicopatía que es de lo que se trata aquí.
Veréis un diagnostico diferencial es muy importante porque lo que nos estamos jugando es la imputabilidad del sujeto en cuestión y los beneficios penitenciarios que puede recibir. Hay que ser muy estrictos en lo que afirmamos en los informes periciales forenses ya que como sabéis muchas veces nos podemos dejar llevar por nuestras impresiones y esta claro que si el sujeto es condenado va a ser evaluado pericialmente por más de un compañero. Como regla general no pasarse y mucha profesionalidad con la interpretación del resultado de las pruebas que le hemos practicado.


Para que se pueda establecer el diagnóstico de trastorno antisocial de la personalidad, el sujeto debe tener al menos dieciocho años y tener historia de algunos síntomas de un trastorno disocial antes de los quince años, persistiendo el comportamiento antisocial hasta la edad adulta. Los rasgos de personalidad antisocial sólo constituyen un trastorno antisocial de la personalidad cuando son inflexibles, desadaptativos y persistentes, y ocasionan deterioro funcional significativo o malestar subjetivo, tal y como sucede con el Sr. JGV.
Además, los sujetos con un trastorno antisocial de la personalidad no logran adaptarse a las normas sociales en lo que respecta al comportamiento legal, pudiendo perpetrar repetidamente actos que son motivo de detención (que puede o no producirse), de hecho, los sujetos con este tipo de trastorno desprecian los deseos, derechos o sentimientos de los demás y frecuentemente, engañan y manipulan con tal de conseguir provecho o placer personales. Son personas que pueden mentir repetidamente y presentar un patrón de impulsividad con evidente incapacidad para planificar el futuro, tal y como sucede en el presente caso. Las decisiones se toman sin pensar, sin prevenir nada y sin tener en cuenta las consecuencias para uno mismo o para los demás, lo que puede ocasionar cambios repentinos de trabajo, de lugar de residencia o de amistades. Asimismo, los sujetos con un trastorno antisocial de la personalidad tienden a ser irritables y agresivos, siendo también frecuente que muestren una despreocupación imprudente por su seguridad o la de los demás, pudiendo involucrarse en comportamientos sexuales o consumo de sustancias que tengan un alto riesgo de producir consecuencias perjudiciales. Los sujetos con trastorno antisocial de la personalidad también tienden a ser continua y extremadamente irresponsables, además de tener pocos remordimientos por las consecuencias de sus actos, llegando a ser indiferentes o dar justificaciones superficiales por haber ofendido, maltratado o robado a alguien, llegando a culpar a las víctimas por ser tontos, débiles o por merecer su mala suerte, pueden minimizar las consecuencias desagradables de sus actos o, simplemente, mostrar una completa indiferencia.
Tal y como se ha señalado, los sujetos con trastorno antisocial de la personalidad frecuentemente carecen de empatía y tienden a ser insensibles, cínicos y a menospreciar los sentimientos, derechos y penalidades de los demás, pudiendo tener un concepto de sí mismos engreído y arrogante, llegando a parecer excesivamente tercos, autosuficientes o fanfarrones, tal y como se constata durante la exploración psicopatológica practicada; además, pueden mostrar labia y encanto superficial y ser muy volubles y de verbo fácil.
Los sujetos con trastorno antisocial de la personalidad presentan frecuentemente rasgos de personalidad de tipo límite, histriónico y narcisista; de hecho, en este caso, se ha podido apreciar la existencia de significativos rasgos caracterológicos de tipo narcisista, aunque no se cumplen los criterios diagnósticos para establecer un segundo trastorno de la personalidad. No obstante, cabe señalar que los sujetos con trastorno antisocial de la personalidad y trastorno narcisista de la personalidad comparten la tendencia a ser duros, poco sinceros, superficiales, explotadores y poco empáticos, sin embargo, el trastorno narcisista de la personalidad no incluye las características de impulsividad, agresión y engaño, aspectos si apreciados en este caso.
Respecto al origen de este tipo de trastorno, el maltrato o el abandono en la infancia, el comportamiento inestable o variable de los padres o la inconsistencia en la disciplina por parte de los padres aumentan las probabilidades de que un trastorno disocial evolucione hasta un trastorno antisocial de la personalidad, siendo éste un trastorno que se presenta asociado a un bajo status socioeconómico y al medio urbano, tal y como sucede en el presente caso.
En cuanto a su curso, el trastorno antisocial de la personalidad tiene un curso crónico, pero puede hacerse menos manifiesto o remitir a medida que el sujeto se va haciendo mayor, especialmente hacia la cuarta década de la vida.
Cuando el trastorno antisocial de la personalidad en un adulto está asociado a un trastorno relacionado con sustancias, no se establece el diagnóstico del trastorno antisocial de la personalidad a no ser que los signos del trastorno antisocial de la personalidad también hayan aparecido en la infancia y hayan continuado hasta la edad adulta, situación evidente en el presente caso, donde el trastorno de la personalidad y el abuso de sustancias se presentan de manera comórbida. De hecho, cuando el consumo de sustancias y el comportamiento antisocial hayan empezado en la infancia y continúen en la edad adulta, se diagnosticarán tanto trastorno relacionado con sustancias como trastorno antisocial de la personalidad, siempre que se cumplan los criterios para ambos trastornos, aunque algunos actos antisociales sean consecuencia del trastorno relacionado con sustancias. En este caso consideramos que el consumo de sustancias psicoactivas referido por el peritado resulta compatible con la presencia de un trastorno de abuso de sustancias, entendido éste como un patrón desadaptativo de consumo que conlleva un deterioro o malestar clínicamente significativos, expresados en el presente caso a través del consumo recurrente de sustancias, el incumplimiento de responsabilidades y los distintos problemas legales, todo ello acorde a su estructura de personalidad de base en la que destaca la búsqueda de sensaciones. Pese al historial de consumo de tóxicos referido por parte del peritado, al momento de la exploración no se objetivan signos o síntomas de intoxicación o de síndrome de abstinencia en relación a dichas sustancias, resultando su patrón de consumo compatible con una situación de uso/abuso de dichas sustancias, no siendo probable que el explorado haya presentado un cuadro de adicción o dependencia si atendemos a sus referencias al respecto.

Como podéis comprobar hace una muy buena argumentación de los motivos que le llevarían a decir que el evaluado padece un trastorno de la personalidad. En parte tiene el perito de este informe que discriminar para el juez y los miembros del jurado si el evaluado es un trastorno de la personalidad, un psicópata, tiene una conducta delictiva debido al consumo de sustancias o es un simple delincuente. Es un tema en el que es muy complejo mojarse y recordad que los trastornos de la personalidad estan en discusión dentro de la comunidad de clínicos que elaboran los criterios diagnósticos. Hay que ir con mucho cuidado porque los criterios diagnósticos se le han de especificar al juez de forma muy clara diciendo cuales cumple y cuales no y cuantos son los criterios mínimos que ha de cumplir para ser diagnosticado del citado trastorno. Como podemos comprobar es un asunto muy profesional.

viernes, 2 de julio de 2010

"La prueba pericial médica"



Carlos Hernández Martínez-Campello y Miguel Sánchez León
ISBN 9788497259002
Año Edición 2008
Páginas 476
Encuadernación Rústica
Idioma Español
Precio 50,00 €uros






Sinopsis

La prueba pericial médica es esencial para la resolución de muchos asuntos sometidos a los tribunales de justicia, en los cuales el éxito de la pretensión deducida por un litigante a través de su abogado se traduce en que el juez acepte la valoración médica de los hechos efectuada por el perito médico.
Ello es especialmente relevante en una gran mayoría de procedimientos laborales, en los que versan sobre responsabilidad civil por daños sufridos por las personas, o en los penales, en delitos contra las personas, en los que la relevancia de esta figura es muchas veces determinante del éxito o el fracaso de la pretensión deducida.
Por ello esta obra presenta un primer estudio de conjunto de todos los aspectos que afectan a la práctica de esta prueba, desde la triple perspectiva del abogado que ha de proponerla y enfocarla, el perito que ha de informarla y el juez que ha de apreciarla. Con ello se ofrece a todos estos profesionales un enfoque múltiple, que permite a cada uno de ellos sacar partido no sólo de los factores que le afectan más directamente, sino también de aquellos que han de tomar en cuenta los demás intervinientes para, de este modo, proporcionar una visión lo más completa e integrada posible de esta institución.
Su objetivo es ayudar a los abogados sobre la mejor forma de enfocar esta prueba, a informar a los peritos médicos sobre el alcance, contenido y forma de emitir su dictamen y a facilitar a los jueces y magistrados herramientas para su precisa apreciación.
Para ello, en su contenido se analizan aspectos como los documentos clínicos de interés jurídico-procesal, las clases de prueba pericial médica, los requisitos establecidos para el desempeño de la función de perito, sus derechos y deberes profesionales, la práctica de la prueba pericial médica, la evaluación médica del daño sufrido, la naturaleza, contenido y estructura del informe pericial, sus modelos y su valor probatorio.
Todo ello en una obra original y esencialmente práctica para todos los profesionales que intervienen en los procedimientos jurisdiccionales.

PRIMERA PARTE

I. CONCEPTO, NATURALEZA JURÍDICA Y CUESTIONES GENERALES
Carlos HERNÁNDEZ MARTÍNEZ-CAMPELLO y Miguel SÁNCHEZ LEÓN

II. EL INFORME PERICIAL. PLANTEAMIENTO PRÁCTICO. SU ELABORACIÓN
César BOROBIA FERNÁNDEZ y Pilar ALÍAS MARTÍN

III. LA BAREMACIÓN DEL DAÑO CORPORAL
César BOROBIA FERNÁNDEZ

IV. LA PRUEBA PERICIAL MÉDICA DESDE LA PERSPECTIVA DEONTOLÓGICA
Bernardo PEREA PÉREZ

V. RESPONSABILIDAD DEL PERITO
Carlos HERNÁNDEZ MARTÍNEZ-CAMPELLO

VI. ASPECTOS ECONÓMICOS Y DE GESTIÓN RELATIVOS A LA LABOR PERICIAL
Miguel SÁNCHEZ LEÓN

SEGUNDA PARTE

VII. LA PRUEBA PERICIAL MÉDICA ANTE LA JURISDICCIÓN CIVIL
Carlos HERNÁNDEZ MARTÍNEZ-CAMPELLO

VIII. LA PRUEBA PERICIAL MÉDICA ANTE LA JURISDICCIÓN PENAL
Carlos HERNÁNDEZ MARTÍNEZ-CAMPELLO

IX. LA PRUEBA PERICIAL MÉDICA ANTE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Miguel SÁNCHEZ LEÓN

X. LA PRUEBA PERICIAL MÉDICA ANTE LA JURISDICCIÓN LABORAL
Carlos HERNÁNDEZ MARTÍNEZ-CAMPELLO

TERCERA PARTE

XI. LA IMPORTANCIA DE LA PRUEBA PERICIAL DESDE LA PERSPECTIVA DEL JUZGADOR
Jose Luis Requero Ibáñez

sábado, 26 de junio de 2010

"Evaluación psicológica forense 3º ambitos delictivos, laboral y elaboración de informes"

Lengua: CASTELLANO
Encuadernación: Tapa blanda
ISBN: 9788481961522
Nº Edición:1ª
Año de edición:2001
Plaza edición: Salamanca 
Con esta último entrega se completa bastante bien el panorama de esta colección de libros sobre psicología forense a los que me gustaria poder dar una mirada antes de comprarlo por lo contenido de su precio. De momento es lo que tenemos y espero conseguir más información sobre esta colección que ya os ire dando cuando la tenga. 

martes, 22 de junio de 2010

¿Por qué se realizan periciales psicológicas? Fundamentación jurídica

Es muy importante que tengamos claro desde el principio que somos profesionales de la psicologia pero que nuestras actuaciones como psicologos forenses se hacen en un campo que corresponde al derecho por lo que hemos de familiarizarnos con las formas de actuacion tan especificas que le son propias y a las que nos hemos de acostumbrar.
Lo más importante que haremos sera acudir al juzgado para presentar en un juicio los resultados de un informe forense que nos hayan solicitado.
Recordamos que excepto en el informe de menores, el psicólogo sólo acude al proceso en función de una petición o solicitud, no de forma voluntaria o automática.
El razonamiento de la existencia de las periciales en Derecho se encuentra en las Leyes respectivas de enjuiciamento Civil o Criminal. Se basa en la asunción de que el juez solicita un auxilio para mejor decidir en cuento a unos hechos de los que desconoce su naturaleza en la fase de Instrucción y como medio de prueba durante la fase de vista oral.
Por ello un peritaje que no se reproduce durante el juicio oral carece de validez, es como si no se hubiera realizado.
Con un ejemplo lo vamos a entender mejor:
Si un joven de 19 años mata a su hermano de 20, el juez quiere saber si el joven agresor padece algún trastorno mental que pueda modificar su responsabilidad penal de manera que solicita un informe pericial sobre su personalidad y rasgos psicopatológicos. En esta fase de Instrucción el perito examina al informado, hace las intervenciones que se requieran: examen de documentos, informes anteriores si los hay, entrevistas con familiares, pasación de pruebas y emite un informe descriptivo.
En la fase de Juicio Oral (en esta caso dado la naturaleza del delito seria un juicio con jurado), el perito acude al juicio para "reproducir" su informe, es decir, debe explicarlo y aclarar todas las dudas de la parte que lo solicito en primer lugar después ante el jurado (preguntas que se formulan por escrito al juez y que este debe trasmitir al perito si las considera pertinentes o adecuadas).
Como podemos comprender siempre en derecho se sigue un procedimiento que esta marcado por las leyes y es bueno acostumbrarse a ello cuanto antes mejor.
Ya os enviare algo más extenso y quizás no tan ameno sobre las Leyes de Enjuiciamientos Civil y Criminal en otro post.

domingo, 20 de junio de 2010

Video sobre Psicología Forense

La psicología forense es una ciencia experimental que apoya y asesora a los jueces.
El objetivo de la psicología forense es dotar al proceso judicial de unos principios, unas técnicas y unos instrumentos psicológicos que permitan una valoración más objetiva de la conducta humana y ayude al juez a dictar sentencias más acordes con las demandas de los imputados.
El trabajo del psicólogo forense como experto asesor en los procesos legales, es un trabajo clínico y diagnóstico en el que emite su juicio profesional acerca del estado mental de las personas implicadas de alguna manera en el proceso legal pertinente.
El informe pericial elaborado por el psicólogo forense, constituye un documento escrito en el que el perito expone sus consideraciones y conclusiones sobre los hechos que han sido objeto de la pericia. En algunos casos, el/los peritos deberán ratificarlo verbalmente en presencia judicial y someterse a las aclaraciones de las partes, según lo establecen los Art. 346 y 347 de la LEY Civil.
El psicólogo forense también puede intervenir emitiendo un informe clínico. Se trata por lo general de casos que han sido atendidos por el profesional con ocasión de su ejercicio profesional clínico y que recibe la solicitud de un informe que verifique el tratamiento dispensado y las causas que lo originaron. 


La psicopatia, Teoria de Raine y Hare


Adrian Reine y Robert Hare son los investigadores que más han estudiado el concepto y repercusiones de la psicopatía en los últimos años.
De una forma esquemática se puede decir que ambos autores coinciden en considerar que la psicopatía es un trastorno de personalidad que tiene unas bases biológicas. Es decir, en ningún caso se admite que el ambiente sea suficiente causa para provocar este trastorno de la personalidad. Sin embargo, tampoco se admite que la fisiología, ella sola, sea capaz de crear el trastorno. Ademas de unas ciertas condiciones biológicas hace falta un ambiente determinado que haga cristalizar una personalidad anómala. Por ello encontramos factores facilitadores y otros inhibidores dentro del ambiente. Parafraseando a Raine, el mismo advierte en declaraciones publicas que su cerebro es de psicópata (si se observa por métodos de neuroimagen en sus propios experimentos), pero que sus condiciones de crianza y una familia amorosa y segura le han convertido en un científico.
Hare se ocupa de los factores psicológicos que se encuentran en el origen de la psicopatía, mientras que Raine se ha especializado en el estudio de los factores biológicos y en concreto del estudio del funcionamiento cerebral de los psicópatas en comparación con personas "normales". Raine ha demostrado bajos niveles de activación cortical, sobre todo en la parte orbitofrontal. En tareas de decisión léxica los psicópatas no consumen mas glucosa en el area cortical frontal si los términos están cargados emocionalmente, como si ocurre con personas normales. Parece existir una desconexión entre diversas áreas cerebrales, como ya se ha comentado mas arriba. A nivel de vivencias subjetivas, Hare explica que algunos de los psicópatas a los que se ha estudiado en profundidad ha explicado abiertamente que no puede experimentar "algunas emociones", generalmente las emociones positivas que implican empatía con las personas. El psicópata entiende racionalmente las emociones y puede "imaginarselas" o fingir "como si" sintiera, pues no se encuentra privado de juicio.
Una de las maneras más fáciles de detectar a un psicópata es hacer que explique en que consisten emociones determinadas como la alegría, la tristeza, los problemas emocionales, la ansiedad, el amor, la compasión, el arrepentimiento, etc.
Centrándose en la teoria psicológica subyacente, Hare parte de los conceptos de Cleckey en su libro "La mascara de la cordura". The mask of sanity, 1941, 1976.
Este autor acuña por primera vez el termino de psicópata para referirse a los individuos particularmente violentos y donde parece existir un "defecto afectivo" capaz de explicar su conducta. Los conceptos que Cleckey formulo de forma intuitiva han subsistido de forma casi inalterable hasta nuestros días.
Para ese autor, en un primer acercamiento, las características psicológicas de los llamados "psicópatas normales" eran las siguientes:

    •    Ausencia de nerviosismo o manifestaciones neuróticas.
    •    Ausencia de manifestaciones psicóticas.
    •    Encanto superficial.
    •    Habilidad para racionalizar el pensamiento.

A partir de sus observaciones, en 1955 adscribe el termino "psicópata" a un síndrome o desorden de la personalidad especifico. (En la psiquiatría clásica se llamaba psicópata, y en ocasiones se sigue confundiendo la nomenclatura con cualquier trastorno de la personalidad En 1964 cataloga y describe los principales síntomas y características de los psicópatas.
Cleckey señala que las principales características del psicópata consiste en la deficiente respuesta afectiva que manifiesta hacia otras personas, lo cual explicaría la conducta antisocial.

Los 16 criterios que señala son:

1.     Encanto externo y notable inteligencia.
2.     Inexistencia de alucinaciones u otras manifestaciones de pensamiento irracional.
3.     Ausencia de nerviosismo o de manifestaciones neuróticas.
4.     Indigno de confianza.
5.     Mentiras e insinceridad.
6.     Falta de sentimiento de culpabilidad y vergüenza.
7.     Conducta antisocial sin aparente remordimiento.
8.     Razonamiento insuficiente y falta de capacidad para aprender de la experiencia vivida.
9.     Egocentrismo patológico e incapacidad de amar.
10.  Gran pobreza de reacciones afectivas primordiales.
11.  Perdida especifica de la intuición.
12.  Irresponsabilidad en las relaciones interpersonales corrientes.
13.  Comportamiento fantástico y poco recomendable por lo que respecta a la bebida. incluso enajenado en ocasiones.
14.  Amenazas de suicidio raramente cumplidas.
15.  Vida sexual impersonal, trivial y poco integrada.
16.  Impulsividad.

Sobre la base de estos criterios, Hare ha elaborado una escala de valoración para la psicopatía: PCL-R, con dos versiones derivadas, la primera para utilización forense y entre psicópatas no criminales: PCL-SV (screening version) y la PCL-YV (youth version) utilizada con jóvenes.
La importancia de la escala de Hare es que predice la reincidencia. Aquellos que alcanzan el diagnostico de psicopatía han reincidido al cabo de cinco años en un 80% de los casos tras su excarcelamiento (sobre datos de recursos estadounidenses y canadienses).
Otro motivo de interés de la escala es que Hare intenta evaluar el conjunto del trastorno y no unicamente sus características observables de comportamiento antisocial. Hay muchos delincuentes que mostrando estas características de comportamiento antisocial no muestran el trastorno psicopatía porque no participan del defecto afectivo. En este caso se trata de una delincuencia mas dependiente del ambiente, de mejor pronostico y cuyas raíces socioculturales están mas claras.

Items de la Escala de Hare (Pyschopaty Checklist-Revised/ PCL-R)

Factor 1: Interpersonal//afectivo
Locuacidad/encanto personal.
Sensación grandiosa de autovalía.
Mentiras patológicas.
Ausencia de remordimiento y culpabilidad.
Insensibilidad/falta de empatía.
No acepta la responsabilidad de sus acciones.

Factor 2: Desviación social  
Necesidad de estimulación/propensión al aburrimiento.
Estilo de vida parásito.
Escaso control del comportamiento.
Problemas conducta tempranos.
Falta de metas realistas a largo plazo.
Impulsividad.
Irresponsabilidad.
Delincuencia juvenil.
Revocación de la libertad juvenil. 

Items adicionales (no cargan en ningún factor)
Conducta sexual promiscua.
Muchas relaciones matrimoniales.
Versatilidad criminal.

Nota de Hare (1991): el evaluador utiliza criterios específicos e información de entrevistas y expedientes para puntuar cada item en una escala de 3 puntos (0, 1, y 2) 

Una vez que el perito tiene toda la información ya puede valorar los items. Una puntuación de 30 o mas puntos implica el psicodiagnostico de psicopatía. Lo ideal es que la entrevista se realice en presencia de dos psicólogos, el primero actuando como entrevistador y el segundo como observador.
La psicopatía según la enunciación teórica de Cleckey es desconocida por un gran numero de profesionales, fundamentalmente psiquiatras del ámbito clínico y aun forense, que siguen sin diferenciar entre el concepto de trastorno antisocial de la personalidad, trastorno disocial y psicopatía denominando psicopatía a cualquier trastorno de la personalidad.
Pero no todo psicópata cumple criterios de trastorno de la personalidad y viceversa. En todo caso sabemos que esta escala presenta una alta validez transcultural en estudios americanos y europeos. Aunque ha sido realizada con muestras de varones también es valida para población femenina, haciendo la salvedad de que en estos casos no es capaz de prevenir la reincidencia.
La evaluación psicológica de la psicopatía ilustra de un modo claro la necesidad del desarrollo de instrumentos de evaluación forense, pues es evidente, el psicópata no va al psiquiatra o al psicólogo, carece de conciencia de enfermedad y es improbable que aparezca tal concepto en los manuales de diagnostico.
Los métodos actuales de detección con que contamos son la entrevista individual con familiares, otros profesionales, el estudio de informes anteriores, el expediente judicial y penitenciario, cuestionarios psicodiagnosticos, principalmente aquellos que sean capaces de detectar de forma objetiva el narcisismo patológico del psicópata unido a su falta de ansiedad. En la actualidad aparte del PCL-R se utiliza la observación combinada de los rasgos que se han comentado mas arriba por medio de cuestionarios convencionales.
Aunque los psicópatas son hábiles mentirosos que pueden dar puntuaciones normales en las escalas de sinceridad y antisociales de los cuestionarios, estamos particularmente atentos a otras escalas que reflejan una baja ansiedad y una alta hipomanía en ausencia de signos psicóticos.
En los tests gráficos pueden manifestarse símbolos agresivos diversos.
Para el psicólogo forense el diagnostico de la psicopatía es de crucial importancia por las repercusiones que este tiene, tanto en la valoración jurídica de la imputabilidad, cuanto por las decisiones diferenciales que de ello se pueden derivar para los casos de libertad provisional ante juicio, suspensión de penas, sustitución de penas, concesión de permisos penitenciarios y/o tercer grado. Situaciones estas, en resumen, donde el perito psicológico puede emitir un dictamen pericial para los tribunales.

MMPI-2



Con esta capura de pantalla de la web de Tea pasamos a daros más información sobre lo que supondria como profesionales hacer un informe pericial psicologico en un caso de psicopatía y la manera de trabajar que tendriamos. Tened en cuenta que para pasar esta u otra escala parecida el tiempo minimo de administración es de una hora y que hay que prepararlo bien. Ademas de eso tendremos que conseguir el material comprandolo a la editorial que nos lo ofrece y despues se ha de corregir para interpretarlo y asi poder ponerlo en nuestro informe pericial.
La pregunta que nos hacemos es: Cuando acabamos la carrera y nos especializamos en psicología forense ¿tenemos la formación y la experiencia necesaria para poder pasar pruebas de este tipo?

Precios de correción de tests, escalas y pruebas para la elaboración de informes




Os ponemos una captura de pantalla de la página de Tea Ediciones en el que figuran los precios que te cobran por corregirte algunos de los tests que se utilizan en psicologia forense y que hemos mencionado en posts anteriores.
Como se puede observar el precio de corrección del MMPI que es utilizado para la conducta violenta ronda sobre los 50 € y la elaboración de perfiles sobre los 25 €. El servicio funciona de la siguiente manera, tu les pasas las hojas de respuestas a los clientes y lo mandas a Tea Ediciones para que te hagan la corrección y la interpretación para que las pongas en el informe pericial. Este método de trabajo es más practico si no haces muchos perfiles y escalas de ese tipo a lo largo del año porque te permite utilizar esas escalas sin tener que adquirir todo el pack con corrección informática incluida para usarlo pocas veces y es practica habitual en la profesión de psicólogos forenses.