miércoles, 24 de noviembre de 2010

Trastorno Antisocial de la Personalidad: Genes y ambiente


Trastorno antisocial de la personalidad: Genes y ambiente
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El trastorno antisocial de la personalidad es una condición psiquiátrica caracterizada por conductas persistentes de manipulación, explotación o violación de los derechos de los demás; a menudo está implicada también en comportamientos criminales. Esta terminología guarda estrecha relación con el concepto de psicopatía. Ambas definen a un individuo asocial, apático y con fijaciones por transgredir las normas. Muchos sociópatas tienen una gran indiferencia hacia los sentimientos ajenos, a veces están dispuestos y sin remordimiento a disponer de la vida de alguien, y otra característica que los define es que tienen una gran facilidad al mentir, no se exaltan y las mentiras fluyen de su mente como un río, por lo cual no tienen que esforzarse para hacerlo, tanto así que algunos incluso son capaces de engañar a un detector de mentiras profesional.
Una de las características generales del sociópata es un patrón de violencia, comportamiento impulsivo, aislamiento del entorno, elitismo y discriminación, entre otros. Puede suceder desde temprana edad, llegando a progresivamente tener una incidencia en el ser adulto en la comisión de delitos, pero ni todos los sociópatas son delincuentes ni todos los delincuentes son sociópatas.
Se diagnostica al psicópata como sociópata por su conducta irracional y carente de propósito, falta de conciencia y vacío emocional. Son gente en busca de emociones fuertes. El castigo casi nunca da resultado, porque su impulsividad no tiene límite; Para un psicópata una relación humana no tiene significado, por lo tanto son hábiles manipuladores y explotadores.

Historia de la violencia


Historia de la violencia
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La violencia, en sus múltiples manifestaciones, está presente en todas las sociedades y culturas. Pero ¿es el hombre un ser violento por naturaleza? ¿Somos ahora más violentos que en épocas pasadas? ¿A que atienden las nuevas formas de violencia como el acoso infantil, el maltrato de género o las recientes prácticas derivadas del fanatismo religioso? ¿Tiene solución el ser humano? Estas y otras cuestiones nos han surgido para elaborar este reportaje al hilo de un curso de la Universidad de Sevilla sobre la violencia en la Historia, celebrado en Osuna.

martes, 23 de noviembre de 2010

SARA "Manual de Valoración del riesgo de violencia contra la pareja".




Retomamos una vieja entrada: http://psicologiaforenseuned.blogspot.com/search/label/SARA para poneos la previsualizacion de google books del manual que del que dábamos referencia y de paso volver a tratar el tema de la violencia de genero.



La violencia contra la pareja, especialmente la del hombre contra la mujer, es una de las formas más graves de violencia interpersonal, presenta una elevada prevalencia y numerosos interrogantes sobre su genesis, desarrollo y control. En la actualidad es una preocupación social que demanda una importante inversión en medidas socio-sanitarias para combatir sus efectos en las victimas y támbien requiere multiples recursos jurídico-penales dedicados a su erradicación. Siendo un fenomeno practicamente universal claramente asociado a los papeles y roles sociales de genero, se ha convertido en uno de los principales motivos de sufrimiento y malestar de las mujeres que lo padecen asi como sus familias. Despues de una breve discusión sobre la delimitación de este fenómeno y de una consideración epidemiologica, se presenara una guia de valoración del riesgo de violencia contra la pareja, el SARA, diseñada para asistir en la toma de decisiones pronósticas que realizan los distintos profesionales que se enfrentan cada dia a esta forma de violencia.
El SARA (Spouse Abuse Risk Assessment) fue inicialmente diseñado para identificar el riesgo de violencia fisica y sexual contra la pareja en el contexto familiar y domestico en el año 1995. Se ha adaptado al castellano (Andres Pueyo y Lopez, 2005) y se ha realizado una primera comprobación de su adecuación al contexto juridíco-criminológico español. Asimismo se ha contrastado su capacidad predictiva en situaciones de violencia grave reiterada contra la pareja, demostrando su utilidad comparable, en su rendimiento a otros paises en los que el SARA tiene una mayor tradición de uso profesional.

viernes, 19 de noviembre de 2010

El calculo de la edad


Forenses: El calculo de la edad
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La determinación de la edad cronológica de un individuo vivo o de un cadáver, es una actividad frecuentemente solicitada al equipo médico-legal. Este indicador de madurez, se define como el tiempo que transcurre desde el nacimiento hasta el momento en que se requiere su estimación, ó hasta la muerte. Para su cálculo, los expertos forenses investigan la edad fisiológica, la cual mide los cambios que se producen a lo largo del crecimiento y el desarrollo, como por ejemplo, la edad mental, la edad dental y la edad ósea. También pueden calcular la edad patológica, que comprende el estudio de aquellos trastornos y enfermedades que causan deterioro en los tejidos a medida que avanza la edad, tal y como ocurre con el desgaste dental, la transparencia de la raíz y la artrosis de la articulación temporomandibular.

miércoles, 17 de noviembre de 2010

Antropología forense: Instrumentos de tortura en la antigüedad (la pera de la angustia)


La pera de la angustia: Tortura de la antigüedad
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Se trataba de un artefacto en forma de pera que podía expandirse gracias a las cuatro partes móviles de las que constaba. Se introducía en el ano, vagina o boca de los acusados según el cargo que se les había imputado (herejes, homosexuales y brujas, respectivamente). La pera se iba abriendo lentamente hasta desgarrar los orificios de la víctima.

La muerte: empatía y conciencia animal


La muerte: Empatia y consciencia animal
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Para mejor entender que es lo que experimentamos los humanos con la muerte o el crimen hay que estudiar a los animales y sus reacciones ante ella. Tenemos que recordar que muchas veces como profesionales tendremos que vernoslas con reacciones de este tipo entre la gente con la que tenemos un contacto profesional. Es por esto que consideramos que publicar cosas en este sentido nos puede resultar un buen complemento como futuros profesionales de la psicología forense.
Pansy era un chimpancé hembra de unos 50 años -el más longevo del Reino Unido- que vivía en el Safari Park de Blair Drummond, próximo a la ciudad escocesa de Glasgow. Su muerte, a finales de 2008, fue captada por unas cámaras colocadas en una de las plataformas interiores del zoo, donde un grupo de chimpancés se resguardaba en invierno. El visionado de las imágenes deparó algunas sorpresas al personal de la instalación: cuando estaba moribunda, Pansy recibió muchos más cuidados de los acostumbrados. Tras su muerte, su hija veló el cadáver durante toda la noche y, posteriormente, otros chimpancés la asearon y acariciaron. Los siguientes días, el grupo se mostró apagado, y sus miembros procuraban evitar el recinto en el que se había producido la muerte.

miércoles, 10 de noviembre de 2010

India: Matrimonios concertados y violencia de genero


India: Matrimonios concertados y violencia de genero
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Analizar el sistema de las dotes en India es una especialidad que requiere el aporte interdisciplinar, pero como la dote puede ser un desencadenante de violencia hacia la mujer es en primer lugar un asunto judicial, aunque también antropológico y psicológico. Oscuros crímenes contra la esposa parecen estar relacionados con esta costumbre. Según la versión pública, ellas "se queman cocinando". Podría pensarse que cocinar es una tarea peligrosa y que puede causar la muerte, pero al constatar que tal peligro no afecta a la suegra, hermanas u otros miembros femeninos de la familia del varón con la que convive la mujer casada, ya tenemos elementos para formularnos preguntas. En familias más modernizadas, muchas esposas "se suicidan" por diversos motivos. Si profundizamos en uno u otro caso, vemos que subyacen querellas entre las familias del novio y de la novia por compromisos de dote no cumplidos. Hay que señalar que el matrimonio de una hija puede entrampar de por vida a sus padres.

El síndrome de alieniación parental (SAP)


La infancia es la etapa más bella de la evolución hacia la madurez, en la que existe una gran vulnerabilidad que debe ser protegida. Se considera que la familia es la primera fuerza (en el tiempo y por su trascendencia) que interviene modulando las experiencias infantiles determinando conductas y participando en la personalidad progresiva, es en ella donde nos tenemos que centrar para dar explicación a las conductas y comportamientos de nuestros menores.
El modelo tradicional de familia en los últimos años ha sufrido grandes cambios, tanto en sus estructuras como en sus interacciones, existiendo en las últimas décadas un enorme incremento de separaciones y divorcios, que hacen necesaria la creación de instrumentos procesales por parte del ordenamiento jurídico. Así, la legislación ha tenido que ir adaptándose a las nuevas realidades familiares y ha tenido que regular las relaciones entre los hijos de padres y madres separados. A través del articulo 94 del Código Civil Español se establece que "el progenitor que no tenga consigo a los hijos menores o incapacitados gozará del derecho de visitarlos, comunicar con ellos y tenerlos en su compañía; el Juez determinará el tiempo, modo y lugar del ejercicio de este derecho, que podrá limitar o suspender si se dieren graves circunstancias que así lo aconsejen o se incumplieren grave y reiteradamente los deberes impuestos por resolución judicial".
Sea cual fuere el miembro de la pareja (madre o padre) con quien conviva el niño se ha de garantizar la relación con ambos tras la separación; los regímenes de visitas tienen varias e importantes funciones psicológicas para el desarrollo de la infancia; las visitas protegen los derechos del menor de acceso al progenitor no custodio, al igual que los de este último; así mismo, se protege el vínculo emocional entre el niño y sus progenitores, ya que se le proporcionan modelos de rol alternativos y, por último, se permite al progenitor custodio que descanse de su responsabilidad en la crianza.
El problema surge no por el hecho de que los padres, responsablemente, decidan poner fin a su vida en común, sino cuando se hacen partícipes a sus hijos e hijas de los conflictos que ha generado la separación. Entonces los niños se ven inmersos en los problemas de los adultos, tomando partido en el conflicto, pasando a formar parte de los bloques enfrentados, y reproduciendo las disputas de los mayores. En estos casos, la opinión de los menores estará mediatizada, en mayor o menor grado, por el problema en el que están inmersos y por las presiones que están recibiendo. En determinados casos, es fácil apreciar como el niño adquiere un papel protector del progenitor al que siente como más débil, "el perdedor o el abandonado", ejerciendo una función defensora que no le corresponde. Esta función puede llevarle incluso a rechazar cualquier contacto con el otro progenitor, justificando su postura ante todas las instancias que le pide explicaciones, incluido el Juez. Por otra parte, los menores envueltos en una situación de ruptura familiar conflictiva sufren una aguda sensación de shock, de miedo intenso, teñido todo ello por un sentimiento de profunda confusión, con consecuencias negativas a nivel psicoemocional y conductual. Estos menores presentan, con frecuencia, sentimientos de abandono y culpabilidad, rechazo, impotencia e indefensión, inseguridad, así como estados de ansiedad y depresión y conductas regresivas, disruptivas y problemas escolares.
Esta sintomatología puede verse incrementada al ser presionado para participar en actos legales derivados del conflicto de separación, pasando a formar parte de la propia disputa en la medida en que sus sentimientos son utilizados como argumentos o armas arrojadizas. Los padres pueden tomar al pie de la letra esta negativa expresada y utilizarla para descalificarse mutuamente, e incluso pueden decidir llevar a su hijo delante del Juez para que este también pueda escucharle y valorar si es influencia de uno o, por el contrario, la ineficacia del otro, lo que motiva dicha actitud. La persistencia del conflicto, especialmente cuando las disputas se pretenden resolver judicialmente, produce un agotamiento mental de quien se encuentra inmerso en él, disminuyendo la capacidad atencional para responder de manera efectiva y adaptada a las demandas propias y del entorno, repercutiendo negativamente en la capacidad de detectar y satisfacer las necesidades de sus hijos, especialmente las emocionales. Sin duda alguna los procedimientos contenciosos generan un estrés en los progenitores y en los hijos e hijas que repercuten negativamente en el equilibrio emocional de todos ellos, y que llega a ser de tal magnitud que las necesidades infantiles quedan relegadas a un segundo plano, pudiendo llegar a constituir un factor de riesgo de enfermedad mental en la infancia.
Por hacernos una idea de la magnitud del problema, en España en los años 2003 y 2004 hubo 188.824 y 205.520 Procesos de Familia de los cuales 53.895 en 2003 y 58.542 en el año 2004 fueron de tipo contencioso.
Dentro de los conflictos más frecuentes que surgen, y a veces de más difícil solución judicial, son los relacionados con el cumplimiento del régimen de visitas. En este contexto surge como solución alternativa el Programa Punto de Encuentro Familiar, como un lugar neutral, destinado a facilitar el cumplimiento de las medidas acordadas por los Juzgados de Familia y otras instituciones como la Administración Autonómica, respecto al ejercicio del derecho de visita o relación entre el/la menor y sus familiares, dotados de profesionales que actúan interviniendo sobre las familias desde distintas esferas psicosociales. En el Punto de Encuentro se realizan las visitas de los casos derivados judicialmente y a su vez se ejecuta un programa de orientación e intervención familiar individualizado, adecuado a la problemática de cada caso.
El problema más importante y frecuente detectado en los Puntos de Encuentro, tanto de España y resto de Europa como de Estados Unidos y Canadá, por la frecuencia que se produce y por sus graves consecuencias para la necesaria relación del niño con el progenitor sin la custodia, es el de las interferencias en las visitas por parte del progenitor que tiene la custodia, si bien, como señala Turkat, antes de discutir los tipos específicos de interferencia, conviene aclarar lo que sería una conducta de "no interferencia". En este caso el niño no siente la pérdida de ninguno de sus padres, ya que el progenitor con el que convive anima al hijo y al padre a que se relacionen con frecuencia y se involucren mutuamente en sus vidas. La situación de no interferencia suele acompañar a un régimen de custodia que funcionalmente conlleva la toma de decisiones conjunta de los padres a favor de los hijos. Los niños suelen visitar con frecuencia al padre, lo llaman por teléfono cuando quieren o lo necesitan y disfrutan de los beneficios de la implicación de los padres en el colegio, en actividades extraescolares y de cualquier otro tipo.
La interferencia sería el caso contrario que comienza con una obstaculización leve de la relación del hijo o hija con el progenitor no custodio y puede llegar a ser de tal tipo que nos encontramos ante una verdadera obstaculización a la relación del/la menor con el progenitor no custodio de tal magnitud que constituye un tipo de maltrato infantil cuyas estrategias sutiles, su apoyo en creencias socialmente aceptadas y su desarrollo en la intimidad del hogar hacen difícil su descubrimiento y abordaje. Estos niños, de adultos, tienen una gran probabilidad de ser inválidos emocionales e intelectualmente rígidos.

El síndrome de alienación parental:
La primera definición que se realiza sobre esta realidad, es de Richard Gardner en 1985, que define el Síndrome de Alienación Parental (S.A.P.) como un desorden que surge principalmente en el contexto de las disputas por la guarda y custodia de los niños. Su primera manifestación es una campaña de difamación contra uno de los padres por parte del hijo, campaña que no tiene justificación. El fenómeno resulta de la combinación del sistemático adoctrinamiento (lavado de cerebro) de uno de los padres y de la propia contribución del hijo a la denigración del padre rechazado.
Otros autores como Aguilar lo definen como un trastorno caracterizado por un conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia de sus hijos, mediante distintas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor. Los comportamientos y estrategias que el progenitor alienante pone en juego suelen ser sutiles, en la tabla 1 se resumen algunos de los más frecuentemente encontrados.
Si bien es cierto que para realizar una campaña de desacreditación respecto al progenitor alienado, el alienador debe ser consciente de los actos que realiza, también es cierto que a menudo, este no es plenamente consciente de que está produciendo un daño psicológico y emocional en sus hijos/as, y de las consecuencias que ello va a tener a corto y largo plazo en el o la menor. Bolaños entiende el SAP como un síndrome familiar en el que cada uno de sus participantes tiene una responsabilidad relacional en su construcción y por tanto en su transformación; teniendo en cuenta que el elemento principal es el rechazo más o menos intenso de los hijos hacia uno de los cónyuges, propone modificar la nomenclatura clásica de Gardner por la de Progenitor Aceptado y Progenitor Rechazado.
Cuando el SAP entra en contacto con el sistema legal se convierte en un Síndrome Jurídico Familiar, en el que los abogados, jueces, peritos y otros profesionales vinculados adquieren responsabilidad en su continuidad. La negativa de los hijos adquiere auténtica trascendencia cuando se expresa en un juzgado, ya que se desencadenan entonces acusaciones, búsquedas de explicaciones y acciones encaminadas a resolver el problema que hace que la instancia judicial se convierta en parte para resolver el mismo, de tal manera que debamos incluirla como un elemento de vital importancia de los componentes del Síndrome. El sistema judicial, con la intervención de los letrados, por el privilegiado lugar que ocupan tanto para mantener como agravar el SAP podría incluirse dentro del maltrato institucional.
Es posible identificar diferentes niveles de intensidad en el rechazo que muestran los niños y niñas afectados por el SAP: rechazo leve, moderado e intenso:
  • El rechazo leve se caracteriza por la expresión de algunos signos de desagrado en la relación con el padre o la madre. No hay evitación y la relación no se interrumpe.
  • El rechazo moderado se caracteriza por la expresión de un deseo de no ver al padre o la madre acompañado de una búsqueda de aspectos negativos del progenitor rechazado que justifique su deseo. Niega todo afecto hacia él y evita su presencia. El rechazo se generaliza a su entorno familiar y social. La relación se mantiene por obligación o se interrumpe.
  • El rechazo intenso supone un afianzamiento cognitivo de los argumentos que lo sustentan. El niño se los cree y muestra ansiedad intensa en presencia del progenitor rechazado. El rechazo adquiere características fóbicas con fuertes mecanismos de evitación. Puede aparecer sintomatología psicosomática asociada.
El rechazo puede aparecer inmediatamente después de la ruptura o en periodos posteriores que pueden alcanzar varios años después, generalmente asociados a momentos concretos del nuevo ciclo evolutivo familiar. De esta manera se distinguen, siguiendo a diferentes autores, dos tipos de rechazo en función del momento en que aparecen: primario y secundario, que configuran una dinámica relacional.

Dinámica relacional del rechazo:
Tras el proceso de separación puede aparecer un rechazo de los hijos/as en común hacia uno de los progenitores. El rechazo puede ser primario o secundario, el primero como reacción inmediata a la ruptura de pareja y el secundario aparece en separaciones más lentamente gestadas. La existencia del rechazo a uno de los progenitores va a suponer la aparición de conflictos en el desarrollo del régimen de visitas. Ante esta situación, uno de los dos progenitores, normalmente el rechazado, pone en conocimiento del órgano judicial la situación lo que producirá un aumento del rechazo del/la menor. Tras esta situación aparecerán múltiples problemas en las relaciones paterno y materno filiales con el progenitor no aceptado. Finalmente tendrá como consecuencia directa la desaparición de las relaciones filiales por la negativa de los/as menores.
Tal como queda recogido por diferentes autores, se pueden distinguir dos dinámicas relacionales en función del tipo de rechazo.

Dinámica relacional del rechazo primario.
Aparece en los momentos inmediatos a la separación. Es propio de rupturas bruscas e impulsivas, en las que se dan los siguientes factores:
  • El progenitor rechazado (habitualmente el padre) abandona el hogar de forma inesperada o tras haber iniciado una relación afectiva extramatrimonial.
  • Los hijos no reciben una explicación conjunta por parte de sus progenitores acerca de lo que está ocurriendo.
  • Descubren que el progenitor rechazado se ha ido a través del progenitor aceptado (habitualmente la madre), quien no puede ocultar los sentimientos que ello le produce.
  • El progenitor rechazado intenta que sus hijos se adapten de forma inmediata a su nueva realidad.
  • Los hijos presentan resistencias para ello, pues su deseo es contrario a la ruptura.
  • El progenitor rechazado culpabiliza al progenitor aceptado porque los niños no quieren verle y le exhorta para que los obligue.
  • El progenitor aceptado se siente identificado con sus hijos. No puede obligarles.
  • El progenitor rechazado pone la cuestión en manos del juzgado y pide al juez que se obligue al progenitor aceptado para que pueda ver a sus hijos.
  • Hay descalificaciones durante el proceso legal que acrecientan las dificultades emocionales.
  • Los hijos pueden ser llamados al juzgado para expresar los motivos por los que no quieren ver al progenitor rechazado.
  • A medida que se ven obligados una y otra vez a negar la figura del progenitor rechazado van encontrando argumentos cognitivos que justifiquen su actitud.
  • El rechazo se generaliza a otros familiares del progenitor rechazado: abuelos, tíos, primos.
  • Las familias de origen compiten entre sí. Una protege al progenitor aceptado y a los hijos, descalificando la actitud del progenitor rechazado. La otra exige una relación con los hijos e intenta apoyar al progenitor rechazado para conseguirla.
  • El rechazo tiende a cronificarse.
Dinámica relacional del rechazo secundario.
Tras la ruptura, los hijos mantienen relación con el progenitor rechazado hasta que un día deciden romperla.
  • Existe un conflicto larvado entre los progenitores, que surge cuando deben negociar algún aspecto nuevo relacionado con sus hijos: un cambio de colegio, unas pautas educativas, un cambio en el régimen de visitas, una modificación de la pensión, etc.
  • Los hijos sienten las continuas descalificaciones mutuas que sus progenitores se hacen a través suyo. Al mismo tiempo "juegan" a darles informaciones contradictorias que generan mayor enfrentamiento entre ellos.
  • Ambos progenitores describen cómo sus hijos deben "cambiar el chip" después de estar con el otro.
  • Las visitas se convierten en algo tensional. El rendimiento escolar puede verse afectado. Pueden aparecer síntomas psicosomáticos.
  • Los hijos deciden no volver a ver al progenitor rechazado bajo cualquier excusa: forma de cuidarles, desatención, malos tratos.
  • Encuentran apoyo y comprensión en el progenitor aceptado.
  • Cualquiera de los dos decide llevar el asunto al juzgado, pidiendo que los hijos hablen con el juez.
  • El rechazo tiende a cronificarse.
Consencuencias del SAP en menores:
Aunque existen aún pocos estudios acerca de las consecuencias que un SAP va a tener a corto y largo plazo en los/las menores, sí se ha podido observar, en lugares como el Punto de Encuentro Familiar, ante la simple presencia física del progenitor rechazado, reacciones de ansiedad, crisis de angustia y miedo a la separación; el progenitor aceptado informa además de alteraciones a nivel fisiológico en los patrones de alimentación y sueño, conductas regresivas, y de control de esfínteres. La sintomatología observada, coincide con la descrita en la literatura para las diferentes situaciones que atraviesan los/as menores que sufren maltrato emocional, a continuación se exponen los problemas más frecuentemente detectados:
  1. Trastornos de ansiedad: los menores viven el momento de las visitas con un fuerte estrés, en estos casos observamos respiración acelerada, enrojecimiento de la piel, sudoración, elevación del tono de voz, temblores, finalizando en desbordamiento emocional, no pudiendo estar delante del progenitor rechazado con serenidad y normalidad. En ocasiones para afrontar las visitas, acuden a las mismas bajo los síntomas de medicamentos ansiolíticos como Clorazepato Potásico (Tranxilium® Pediátrico).
  2. Trastornos en el sueño y en la alimentación: derivado de la situación anterior, son menores que a menudo manifiestan que sufren pesadillas, así como problemas para conciliar o mantener el sueño. Por otro lado pueden sufrir trastornos alimenticios derivados de la situación que viven y no saben afrontar, ingiriendo alimentos compulsivamente o no alimentándose, hechos que el progenitor alienador suele utilizar para cargar contra el otro, haciendo ver que estos síntomas son debidos al sufrimiento del/la menor por no querer ver al progenitor rechazado por el daño que este les ha producido.
  3. Trastornos de conducta:
  • Conductas agresivas: cuando nos encontramos ante un nivel severo, en el que como hemos descrito anteriormente las visitas se hacen imposibles; a menudo se observa en los menores problemas de control de impulsos, teniendo que ser contenidos en ocasiones por los profesionales. Las conductas agresivas pueden ser verbales como insultos, o incluso físicas, teniendo que frenar la situación.
  • Conductas de evitación: hay ocasiones en las que los menores despliegan una serie de conductas para evitar enfrentarse a la visita, como pueden ser somatizaciones de tipo ansioso que producen una llamada de atención en el progenitor alienador y que tienen como consecuencia no pasar a la visita.
  • Utilizan lenguaje y expresiones de adultos: a menudo nos encontramos con pequeños/as que verbalizan términos judiciales, así como tienen un claro conocimiento acerca de dichos procesos. Por otro lado realizan verbalizaciones que son un claro reflejo de la fuerte conflictividad que viven y de la postura que han tomado en el conflicto, que es al lado incondicional del progenitor no rechazado.
  • Dependencia emocional: las/os menores que viven las situaciones que hemos descrito, sienten miedo a ser abandonados por el progenitor con el que conviven, ya que saben, y así lo sienten, que su cariño está condicionado. Tienen que odiar a uno para ser querido y aceptado por el otro, y ese odio tiene que ser sin ambivalencias; todo ello va a crear una fuerte dependencia emocional para el/la menor. Todo ello va a tener como consecuencia la creación de una relación patológica entre progenitor e hijo/a.
  • Dificultades en la expresión y comprensión de las emociones: suelen expresar sus emociones de forma errónea, centrándose excesivamente en aspectos negativos. Por otro lado muestran falta de capacidad empática, teniendo dificultades para ponerse en el lugar de otras personas, manteniendo una actitud rígida ante los distintos puntos de vista que ofrezca el progenitor rechazado.
  • Exploraciones innecesarias: en los casos severos, pueden darse denuncias falsas por maltrato hacia los/as menores, estos se van a ver expuestos a numerosas exploraciones por parte de diversos profesionales, las cuales, además de ser innecesarias, producen una fuerte situación de estrés. También hace que adopten un rol de "víctimas" de algo que no han sufrido pero que debido a la campaña de denigración del progenitor alienado, y a la autonomía de pensamiento, toman como algo real, teniendo unas consecuencias devastadoras para su desarrollo psicológico.
Ante la presencia de la sintomatología descrita, indicar que a nivel de relación paterno/materno filial, es aconsejable que los menores continúen teniendo relación con el progenitor alienado, ya que una de las estrategias que va a utilizar el progenitor alienador va a ser que se suspenda el régimen de visitas utilizando tácticas como las descritas anteriormente. Por ello es importante además dar pautas y orientaciones adecuadas al progenitor alienado para que durante los contactos no favorezca con su conducta o verbalizaciones, el mantenimiento del SAP. Dichas orientaciones van encaminadas a no realizar reproches a los menores, ni entrar en sus ataques, teniendo en cuenta que no hablan por ellos mismos, dar respuestas que satisfagan un reproche o necesidad que transmite el/la menor, en los casos en que estemos ante un nivel leve o moderado en el que se realicen visitas, centrar estas en un ambiente lúdico entre ambos, buscar actividades que sean del agrado del menor, y posteriormente tareas más personales, etc.

Fuente original del articulo:

Mª Ángeles Sepúlveda García de la Torre.
Punto de Encuentro Familiar de Sevilla.
c/ San Víctor nº 5, local,
41005 Sevilla,
Telf.: 954653557; Fax: 954653574;

lunes, 8 de noviembre de 2010

El Mobbing (Del programa: Preguntaselo a Irene)

Psicología de las Organizaciones UNED: El Mobbing (Del programa: Preguntaselo a Irene):



"Se trata de un programa de radio de una psicóloga y terapeuta Irene López Assor que suelo oír siempre que puedo. El estilo directo y bien preparado de Irene me gusta bastante y en algunas cosas me gustaría aprender a comunicar como ella por lo que la tomo en cierta forma como modelo."

Curso de Iniciación a la Psicología Jurídica del Colegio Oficial de Psicólogos de Andalucía Occidental



copao

CURSO:
"INICIACIÓN A LA PSICOLOGÍA JURÍDICA.
ELABORACIÓN DE INFORMES PERICIALES". DELEGACIÓN CÓRDOBA COP-AO


Estimado/a Colegiado/a:

Le remitimos información sobre el CURSO DE FORMACIÓN "INICIACIÓN A LA PSICOLOGÍA JURÍDICA. ELABORACIÓN DE INFORMES PERICIALES", organizada por la Delegación de Córdoba del Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental:

Día de celebración:
19, 20, 26 y 27 noviembre 2010 y 3 y 4 de diciembre de 2010.
Lugar de celebración:
FUNDACIÓN CARLOS CASTILLA DEL PINO, Hospital Los Morales, 5ª Planta, Ctra. Del Santuario, s/n, 14012 CÓRDOBA.
Horario:
Viernes: De 16'00 H. a 21'00 H.
Sábado: De 9'30 H. a 14'00 H. y De 16'00 H. a 20'00 H.
Nº Horas: 40
Plazo de inscripción:
15 de noviembre 2010 (inclusive)
Recepción de inscripciones:
Por riguroso orden de llegada de inscripciones.

Objetivo:

FORMAR AL ALUMNADO EN EL ÁMBITO DE LA PERICIAL PSICOLÓGICA FORENSE, TANTO EN SU COMPLEJIDAD TÉCNICA Y METODOLÓGICA, COMO EN SUS IMPLICACIONES ÉTICAS Y DEONTOLÓGICAS Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA EN EL CAMPO DEL DERECHO.

En nuestra página web: www.copao.es podrá encontrar todas las acciones formativas de nuestro Colegio.

Un cordial saludo.
Área de Formación
COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGÍA DE ANDALUCÍA OCCIDENTAL
C/ Espinosa y Cárcel, 43-45
41005 - Sevilla
Teléfono: 954 66 30 76
Fax: 954 65 07 06