sábado, 18 de febrero de 2012

El maltrato por un perverso narcisista

El letal maltrato psicológico.

Por María Braganza.  Directora de la carrera de psicología UNC

El arma que emplean, con la que hieren y matan, es la palabra. El maltrato psicológico no aparece de un día para otro en la pareja, pero una vez que se instaló, es permanente y sistemático. Comienza con una fase de seducción, porque busca mujeres frágiles a las que les da seguridad. Se aprovecha de la admiración que la mujer siente por él y de la imagen bondadosa que ella le devuelve y que él necesita para su narcisismo.
Poco a poco, la mujer va anulando sus defensas y ya no puede rebelarse. A partir de ese momento, la víctima pasa a una relación dependiente y muestra su consentimiento. Comienza la dominación, el “otro” ya no es un igual. Al principio, la víctima no es consciente de este proceso, está atrapada. Con el pasar del tiempo, va perdiendo resistencia, no se opone y ya no critica.
La estrategia perversa consiste en el desarrollo de un juego lento, a diferencia de la trompada. Lo importante es el sometimiento. Es muy intuitivo a la hora de detectar puntos débiles de dolor o inferioridad del otro y allí atacan. A partir de este momento, la víctima comienza a ahogarse, no puede pensar. Sólo obedece... y empieza a tenerle miedo.
El perverso da muy poco y pide mucho. Nunca está satisfecho, y si la víctima expresa su descontento o se queja, aparecen las amenazas de abandono y ataque. Pero si la víctima se queda tranquila y dócil, puede permanecer un tiempo “en paz”. Esto va generando un estrés permanente. El perverso le niega a la víctima el derecho a ser oída y cuando habla, adopta un tono frío, la mayoría de las veces sin elevar su voz y su discurso es moralizador, distante e irónico.
Normalmente es muy mentiroso y siempre cree tener la razón. Jamás pedirá perdón y si lo hace, dirá que fue “sin intención”. La idea es hacer dudar a la víctima de sus propios pensamientos y afectos hasta el punto de tener que pedir perdón por algo que no hizo o agotarse buscando soluciones que nunca va a satisfacer al perverso. Pero el mecanismo que mejor pone en juego es la descalificación.
Una y otra vez le dirá que no vale nada, que no hizo nada, que nadie la quiere, hasta que la víctima se lo cree. Pero no es sólo el ataque a su autoestima, también descalifica a sus amigos, a su familia, a su trabajo, a su pueblo natal, a su historia.
No existe, desde su mundo, ni respeto ni compasión por el “otro”, éste sólo existe en la medida en que pueda utilizarlo para manipular (cosa que hacen a la perfección) y mantenerlo en una posición de dependencia.

Núcleo agresivo

El maltrato psicológico tiene su núcleo agresivo porque se introduce en el territorio psíquico del otro. La psicopatología da cuenta de que la perversión es una defensa frente a la depresión o la psicosis. De todas maneras, eso no lo justifica, porque lo que está en juego es la identidad del otro que puede llegar a la destrucción moral que en no pocos casos termina en depresión, en enfermedades mentales o físicas (alta tensión, úlceras, trastornos del sueño, etcétera) o en suicidio.
El otro no es un cómplice “masoquista” simplemente, no puede defenderse, ama, sufre y se cree que es culpable de lo que ocurre. Jamás se le ocurre pensar que el otro pueda ser tan violento ni tan agresivo. Al igual que en el maltrato físico, la mujer piensa que “ella” lo va a “ayudar” e instala la esperanza.
Las frases agresivas son tan “de todos los días” que hasta parecen normales: ¡otra vez dejaste la azucarera sin tapa y está llena de hormigas...!
¿Alguien puede ser más estúpida que vos?”. “En mi vida futura no estás en mis planes, tengo 10 para reemplazarte”. “No sé cómo podés ser amiga de...”.
La víctima calla, se culpa y sufre. El perverso la paraliza, siempre va a dejar claro que el que manda es él, dada su incapacidad de compartir. En la mayoría de los casos, la víctima es excesivamente tolerante, y el origen de la misma proviene de reproducir lo que uno de los padres ha vivido y de la necesidad de reparar. El perverso jamás se va a responsabilizar de ningún fracaso ya sea laboral o personal, la culpa siempre la tiene el otro: “No me das lo que necesito”; “nunca hacés nada por mí”; “todos son unos incapaces”.
La víctima oscila entre la angustia y la rabia, por momentos es conciliadora, por momentos intenta defenderse. Si reacciona y desea recuperar un poco de su libertad, el perverso, al ver que su víctima se le está escapando de las manos, reacciona con mayor saña y puede llegar a la violencia física.
Nunca aceptará que se queje y no le perdonará que se defienda.
El perverso jamás deja libre a su presa y siempre la odiará porque piensa que la víctima lo odia como sólo él es capaz de hacerlo. Como utiliza el mecanismo de la proyección, la agresión es para siempre. Tampoco se privan de la paranoia: “Hay que atacar primero y gracias a eso sobrevivo”. La víctima desea olvidar, pero él no lo permitirá porque al tenerla como centro de la violencia (vivan juntos o separados) le evita sentirse deprimido o desestructurado.
Otto Kernberg (1975) define a esta estructura como “perverso narcisista” y describe a la persona como alguien muy centralizada en sí misma, con falta de empatía hacia los demás, insensible y que no sabe disfrutar de la vida. Es muy envidioso y le falta profundidad emocional. No puede experimentar auténticos sentimientos de tristeza o duelo. Frente al abandono, reacciona con una aparente depresión, pero la realidad es que siente mucho resentimiento cargado de venganza y nunca de verdadera tristeza por la persona a la que ha perdido.
Es narcisista porque su existencia está basada en “absorber” al otro ya que son estructuras vacías, por eso buscan parejas alegres, creativas, que aman a la vida. Cuando la víctima ya está “absorbida”, buscan con urgencia otra y se presentan como víctimas que han sido abandonados y nunca comprendidos.
Es insensible y no tiene escrúpulos morales. No sufre y es incapaz de amar ya que siempre está presto para destruir momentos de felicidad de la que podría disfrutar con su familia, con su pareja o con sus amigos.
Cuando la víctima se da cuenta de la situación en la que se encuentra, tiende a reaccionar de dos maneras: o se somete o se separa. Si se decide por lo segundo, puede esperar más agresión, chantaje y presión en lo económico y siniestra manipulación con los hijos.
Para la víctima, olvidar el pasado no es fácil pero tampoco imposible. La manera de poder salir de esta situación es que primero deje de lado toda la culpa que le ha sido asignada por el agresor, reconozca que la persona a la que amó tiene un trastorno de personalidad que le ha hecho mucho daño, que debe protegerse a diestra y siniestra, que no debe entrar más en el juego perverso ni creer que él va a cambiar, ni justificarse más.
Y, fundamentalmente, recibir apoyo terapéutico porque no es fácil superar tanto tiempo de sufrimiento. Es importante rodearse de amigos, de actividades gratificantes y predisponerse para conocer nuevas personas que aumenten su autoestima y el sentimiento de que puede amar de nuevo... pero de manera diferente.

lunes, 13 de febrero de 2012

"Conductas Perversas: Psiquiatria y Ley"



Autor Antonio Medina
ISBN 9788495840622
Año Edición 2011
Páginas 330
Idioma Español
Precio 24,00 €uros





Sinopsis

Las sextas Jornadas de Encuentros Jurídico- Psiquiátricos de Córdoba se desarrollaron los días 1 y 2 de octubre de 2010, bajo el patrocinio de la Fundación Española de Psiquiatría y Salud Mental (FEPSM). En ellas, un grupo de profesionales pertenecientes a distintos campos (médicos-psiquiatras, psicólogos y juristas) analizaron conjuntamente el tema de las conductas perversas, cuestión en la que se aúnan intereses comunes a ambas disciplinas, aunque desde puntos de vista muy dispares, tanto conceptuales como metodológicos. Estos trabajos ofrecen diferentes perspectivas que procuran, por una parte, situar el concepto actual de las conductas perversas y, por otra, sentar las bases jurídicas de la política punitiva y rehabilitadora, exponiendo las diferentes posibilidades existentes en la actualidad. Así se ponen de manifiesto, una vez más, los muchos aspectos que deben ser abordados en común por disciplinas distintas que, aun respetando sus intransferibles competencias teórico-prácticas, han de converger para señalar puntos de encuentro y áreas de acción común que redunden en el mejor entendimiento entre juristas, médicos-psiquiatras y psicólogos. 

jueves, 9 de febrero de 2012

"Manual Jurídico para las Psiquiatría Privada"



Autor Llebaría, S.
ISBN 9788492568017
Año Edición 2009
Páginas 130
Idioma Español
Precio 24,00 €uros





Sinopsis

El ejercicio de la profesión libre de psiquiatría a través del establecimiento de una consulta privada puede revestir diversas formas jurídicas que van a influir decisivamente en su constitución, funcionamiento y organización. Por otro lado, se establecen una serie de relaciones jurídicas entre un paciente y el profesional de la psiquiatría. Partiendo de esta compleja realidad, en esta obra se proporciona una guía útil y perfectamente estructurada de los diferentes aspectos jurídicos que pueden tener incidencia en una consulta de psiquiatría privada.

PRÓLOGO

Debido a la naturaleza específica de los trastornos mentales, los psiquiatras, en su esfuerzo por prevenir y aliviar el sufrimiento asociado a la enfermedad mental, adquieren un protagonismo con un significado trascendental en la vida de los pacientes y la sociedad. Cada día al psiquiatra se le exige la toma de decisiones importantes desde el punto de vista ético en el servicio a sus pacientes, su comunidad, sus alumnos en formación y en la relación con sus colegas. Aún más que a otras especialidades médicas, puede pedirse al psiquiatra que actúe conforme a sus propios valores, experiencias vitales, capacidad de comunicación y sus criterios clínicos en su práctica asistencial, dentro del más exquisito marco deontológico.
El psiquiatra utiliza constantemente sus habilidades interpersonales para transformar los sentimientos, las ideas y las relaciones de las personas que conviven con la enfermedad mental. Es frecuente que analice información especialmente personal y sensible y se enfrente a aspectos muy difíciles y perturbadores de gran repercusión para sus pacientes.
Son prácticas normales establecer un diagnóstico, recomendar un fármaco frente a otro, efectuar consultas a otras especialidades médicas, supervisar a otros profesionales en periodos de formación y documentar la información clínica. No obstante, otras decisiones atraen intensamente nuestra atención, nos hacen sentir incómodos, nos plantean dudas, y nos conducen a profundas reflexiones. Hospitalizar involuntariamente a un anciano que ha intentado suicidarse, comunicar una sospecha de abuso infantil, o afrontar un error cometido por un colega, nos genera dilemas éticos porque cuestionan abiertamente nuestra comprensión de lo que está bien y es adecuado y nos exige aplicar, con un fin definido, el poder que se nos otorga en virtud de nuestro rol profesional.
Ahondando aún más en nuestras responsabilidades profesionales, se puede recurrir al psiquiatra en solicitud de fármacos que modifican el contenido y el proceso de los pensamientos de un individuo, e incluso que esa prescripción se realice en contra de la voluntad de una persona perturbada de una forma aguda. Aunque tema controvertido, se recurre al psiquiatra, y en muchas situaciones se le exige por ley, para que restrinja las libertades de una persona gravemente enferma e inestable, con el fin de preservar su seguridad o de proteger a los otros miembros de la comunidad.
Sin embargo, el diagnóstico, el tratamiento y el control de los pacientes con trastornos psiquiátricos no sólo plantean preocupaciones clínicas y éticas peculiares, sino también consideraciones legales propias. Por ejemplo, puede ser preciso determinar la competencia de un paciente, así como su capacidad para gestionar sus asuntos personales o para tomar decisiones relacionadas con el cuidado de su salud. Los psiquiatras se enfrentan a menudo a cuestiones éticas y legales como el consentimiento informado, el derecho a recibir tratamiento y el derecho a rechazarlo, el dilema de la confidencialidad y el privilegio testimonial, y la toma de decisiones ante el paciente suicida, el paciente violento, la hospitalización involuntaria o la limitación física.
Por último, un aspecto especialmente sensible para el psiquiatra, por las consecuencias que deriva, es la vulnerabilidad del propio psiquiatra a las demandas por mala praxis. El conjunto de leyes que se aplica a la práctica de la psiquiatría no difiere de la medicina en general. Si bien, dadas las características del enfermo mental, la escasez de pruebas diagnósticas objetivas, la dificultad para establecer un pronóstico efectivo (ausencia de marcadores de predicción del riesgo suicida, espontaneidad de raptus agresivos) e incluso la confusión en los parámetros que delimitan la salud de la enfermedad, sin duda y pese a la proliferación de guías de actuación, colocan al psiquiatra en una posición de debilidad.
Una mala praxis consiste en prestar cuidados profesionales por debajo del estándar adecuado, lo que origina un daño compensable o indemnizable en la persona con la que se ha establecido una relación profesional. La negligencia es el concepto fundamental que subyace a un pleito por mala praxis y se puede describir simplemente como: hacer una cosa que un médico, con el deber de cuidar al paciente, no debería haber hecho, o no hacer algo que un médico, con deber de cuidar, sí debería haber hecho. Sin embargo, la responsabilidad de mala praxis sólo se producirá cuando se conculquen cuatro elementos fundamentales: que el demandante tuviera un deber de tratamiento, que se haya violado el deber de tratamiento, que el paciente haya sufrido daños reales, y que el incumplimiento del deber de tratamiento haya sido la causa directa de los daños.
La experiencia en demandas por mala praxis del Professional Liability Insurance Program respaldado por la American Psychiatric Association (APA) señala como áreas especialmente sensibles para las demandas por mala praxis clínica: los tratamientos somáticos, la evaluación y el control de los pacientes violentos, las técnicas para recuperar recuerdos de abuso sexual, los comportamientos sexuales inadecuados del psiquiatra, las transgresiones de los límites, el alta hospitalaria prematura de pacientes potencialmente violentos y los contextos asistenciales donde juegan un papel importante los costes.
El psiquiatra con conocimientos legales se encuentra en una posición más sólida y firme para ofrecer cuidados clínicos al paciente, dentro de la compleja regulación que está floreciendo desde los tribunales y a través de la legislación gubernamental. Específicamente, el psiquiatra con ejercicio privado de la profesión desde la soledad de sus despachos agradecerá este “Manual Jurídico para la Psiquiatría Privada” firmado por el prestigioso profesor Sergio Llebaría, Catedrático de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de ESADE (Universidad Ramón Llull).

Salvador Ros Montalbán
Presidente de la Asociación Española de Psiquiatría Privada. ASEPP

PRESENTACIÓN

Posiblemente no pocos abogados, en función de su especialidad, procuran que en su biblioteca no falte alguna referencia básica sobre psiquiatría o términos psiquiátricos. Desde luego, no con la pretensión de arrojarse al intrusismo haciendo de psiquiatra, sino con el prudente propósito de contar con algunos “primeros auxilios” en su actividad profesional. Reconocida esta utilidad, quizá sea mayor la que precise el profesional psiquiatra respecto del Derecho. Y es que, nos guste o nos disguste, los tentáculos del Derecho, de la norma jurídica, están presentes en la ordenación de toda nuestra actividad, tanto personal como profesional. Preguntas tan recurrentes como ¿qué tipo de consulta es preferible diseñar?, ¿cómo debo tratar a mis pacientes?, ¿con quién puedo y con quién debo comentar los casos clínicos?, ¿cómo debo reflejar mis anotaciones?, ¿cómo debo actuar cuando me cita un juzgado? o ¿en qué supuestos puedo incurrir en responsabilidad?, reciben su adecuada respuesta en el Derecho.
Este manual intenta ser pues, ante todo, un manual de “primeros auxilios”, que sea capaz de ayudar preventivamente al profesional de la psiquiatría en todas aquellas cuestiones de su variada y compleja actividad que necesitan una respuesta jurídica, o, al menos, un conocimiento del tratamiento normativo. La respuesta jurídica en pocas ocasiones será definitiva y absoluta, pues hay que advertir que el Derecho, a diferencia de otras ciencias más exactas, posee un consustancial grado de abstracción que lo presenta tremendamente relativo, dependiendo la solución de las circunstancias que colorean el caso concreto. Es más, incluso ante éstas, los más expertos pueden sostener soluciones contrarias. Es un primer consejo: que nadie dé por válida y segura una conclusión porque posiblemente quepa jurídicamente argumentar otra distinta. El Derecho es así de inexacto, por eso la seguridad en él hay que buscarla en sus profesionales.
Por lo anterior, este manual debe servir para trazar con fiabilidad la frontera entre la autoayuda y la heteroayuda: tener consciencia de cuándo una duda puede ser resuelta con la información que aquél contiene, y cuándo merece elevar la consulta al experto. Como sucede en otros ámbitos, también en el del Derecho la “automedicación” es desaconsejable.
El escenario que estas páginas han tomado en consideración es el protagonizado por el psiquiatra que ejerce privadamente su profesión y el paciente. Mucha normativa aquí analizada es común al ejercicio de la medicina en general, pero se ha hecho un esfuerzo por seleccionarla y decantarla hacia la psiquiatría privada. La normativa, además, es muy territorial, pues en ciertas materias las Comunidades Autónomas han dictado su propia legislación. Aquí nos hemos ceñido a la normativa estatal, si bien tratando en cada caso de suministrar las claves necesarias para poder entender e interpretar la autonómica, cuando las circunstancias así lo reclamen. Pero no sólo se ha tenido en cuenta el frío precepto legal, recurso muy al uso cuando se intentan ofrecer visiones resumidas, básicas o superficiales del Derecho. Aquí se han tenido en cuenta también las corrientes doctrinales y jurisprudenciales que gozan en la actualidad de mayor predicamento, debidamente sintetizadas y expuestas para su mejor comprensión. El resultado deseable no es otro que el de haber podido dotar a estos nueve capítulos del necesario rigor, seriedad, agilidad y funcionalidad que una obra de estas características merece. Esperamos no haber defraudado.

AUTORES

Sergio Llebaría Samper es licenciado en Derecho por la Universidad de Barcelona (1982). Doctor cum laude por la misma Universidad (1987). Profesor titular en excedencia de Derecho Civil de la Universidad de Barcelona y Catedrático de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de ESADE, Universitat Ramon Llull, de la que en la actualidad es también Director de Investigación. Ha realizado estancias en distintas universidades europeas, y es autor de diversas monografías y artículos de revista. Consultor, profesor y asiduo conferenciante en distintos másters, cursos y jornadas en instituciones tanto públicas como privadas, ha recibido ayudas para la investigación de ministerios del Estado y de la Generalitat de Cataluña.

SUMARIO

1. Organización jurídica de la consulta privada y ejercicio libre de la profesión
1.1. Las distintas posibilidades
1.2. La sociedad profesional
1.3. La sociedad anónima
1.4. La sociedad de responsabilidad limitada
1.5. La sociedad civil

2. La relación con el paciente
2.1. Contractual o extracontractual. Características de la contractual
2.2. De consumo
2.3. Obligaciones del médico psiquiatra y derechos del paciente
2.4. En especial, derechos del psiquiatra

3. El deber de secreto profesional
3.1. Fundamento, ámbito y alcance
3.2. Excepciones

4. El deber de informar
4.1. Normativa
4.2. Contenido: ¿qué información?
4.3. Modo: ¿cómo informar?
4.4. Forma: ¿de qué manera hay que informar?
4.5. El sujeto pasivo: ¿quién debe recibir la información?
4.6. Las excepciones
4.7. El incumplimiento del deber de informar

5. El deber de recabar un consentimiento informado
5.1. Normativa
5.2. Significado y forma
5.3. ¿Quién debe consentir y ante quién?
5.4. Revocación, excepciones y límites
5.5. Consentimiento informado e investigación

6. Documentación clínica y sanitaria
6.1. La historia clínica
6.2. El informe médico
6.3. El certificado médico
6.4. Los partes laborales
6.5. La receta médica
6.6. El documento de instrucciones previas (testamento vital)
6.7. La protección de datos de carácter personal
6.8. Uso de datos clínicos en congresos y publicaciones

7. Enfermedad y capacidad de la persona
7.1. Capacidad y causas de incapacitación
7.2. Características, clases de incapacitación y modelos de protección
7.3. Procedimiento de incapacitación
7.4. La problemática del incapaz no incapacitado
7.5. El internamiento psiquiátrico

8. Responsabilidad del psiquiatra
8.1. Responsabilidad civil y penal
8.2. Responsabilidad contractual y extracontractual
8.3. Elementos para la responsabilidad
8.4. Lex artis y mala praxis: infracción de deberes responsables

9. Actividad médica y proceso judicial
9.1. Las atribuciones del Juez
9.2. El psiquiatra como testigo
9.3. El psiquiatra como perito
9.4. El psiquiatra como testigo-perito
9.5. La buena peritación. La redacción del informe o dictamen

Bibliografía de consulta
Abreviaturas

viernes, 3 de febrero de 2012

Cerebro y violencia: Luis Rojas Marcos


Luis Rojas-Marcos de la Viesca es un psiquiatra, investigador y profesor español nacido en Sevilla en 1943. En 1968 emigró a Nueva York para estudiar psiquiatría y, según reconoce, huir de una situación política, social, familiar y moral tensa. Se licenció en medicina por la universidad de Sevilla, estudió psiquiatría en Nueva York, y posee el título de doctor por las universidades de Bilbao y Nueva York. Es profesor de Psiquiatría en la Universidad de Nueva York, miembro de la Academia de Medicina de Nueva York y de la Asociación Americana de Salud Pública. Ha sido director del Sistema Psiquiátrico Hospitalario Municipal de Nueva York desde 1982 hasta 1992, responsable máximo de los Servicios de Salud Mental, Alcoholismo y Drogodependencias hasta 1995, en que fue nombrado presidente del Sistema de Hospitales Públicos de la ciudad neoyorquina, con un área de competencia que comprendía los 16 hospitales públicos y la red de ambulatorios de la ciudad de Nueva York.

martes, 31 de enero de 2012

"Conducta antisocial y delictiva en la adolescencia"



Autor LÓPEZ LÓPEZ, JOSÉ RAMÓN
ISBN 9788483717417
Año Edición 2008
Páginas 256
Idioma Español
Precio 16,00 €uros




Sinopsis

Cada vez más los medios de comunicación se hacen eco de noticias relacionadas con la conducta antisocial -delictiva en adolescentes, con la consiguiente alarma social que provoca. Surgen de este modo múltiples preguntas sobre este tema, como ¿qué les está ocurriendo a nuestros adolescentes?¿qué factores influyen para que lleguen a ser violentos?, ¿nacen o se hacen delincuentes?, ¿existen tratamientos para estos jóvenes?. Este libro trata de dar respuesta a estas y otras preguntas relacionadas con la conducta antisocial y delictiva, describiendo las variables que determinan su desarrollo, las distintas teorías explicativas, y tratamientos son más adecuados. El lenguaje utilizado en este libro lo hace accesible a todo aquel (profesional o no) que quiera profundizar en este tema.

"La prueba de ADN en el Proceso Penal"


Autor Alvarez, S.
ISBN 9788498364064
Año Edición 2008
Páginas 174
Idioma Español
Precio 18,00 €uros





Sinopsis

INDICE:

I. INTRODUCCIÓN .
1. Introducción .
2. Situación en España .
II. CONCEPTO Y FUNCIONAMIENTO .
III. LA TÉCNICA DEL ANÁLISIS DEL ADN .
IV. LA PRUEBA GENÉTICA EN EL PROCESO PENAL .
V. FASES DEL PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN .
1.ª Fase: De recogida de las muestras o indicios en el lugar de los hechos o sobre la víctima .
2.ª Fase: El análisis propiamente dicho de los perfiles del ADN previamente obtenidos .
3.ª Fase: Contraste de perfiles genéticos obtenidos e interpretación de resultados .
4.ª Fase: La introducción de la fuente de prueba en el proceso .
VI. NATURALEZA JURÍDICA .
VII. EL VALOR DE LA PRUEBA DE ADN .
A. Introducción: la prueba pericial .
B. Los medios probatorios .
C. El principio de libre valoración .
VIII. EXTRACCIÓN DE MUESTRAS DEL ADN DEL IMPUTADO Y LA APORTACIÓN DE MUESTRAS OBTENIDAS CON FIN DISTINTO AL PROCESO PENAL .
A. Extracción de muestras de ADN del imputado .
B. La aportación de datos médicos obtenidos a otro fin .
IX. EL CONSENTIMIENTO DEL INTERESADO COMO FUENTE DE LEGITIMACIÓN DE LA TOMA DE MUESTRAS .
A. Normativa de aplicación .
B. Problemas que se plantean .
C. La toma de muestras sin el consentimiento del interesado toma de vestigios del lugar de los hechos o de objetos del acusado (sin su consentimiento) .
D. La toma de muestras contra el consentimiento del interesado .
a) El posible uso de la fuerza física .
b) Consecuencias de la negativa .
E. La toma de muestras sobre la víctima .
X. DERECHOS AFECTADOS .
A. La limitabilidad de los derechos afectados .
B. Afectación de derechos fundamentales de naturaleza sustantiva o material .
1.º Derecho a la integridad física y moral .
2.º Derecho a la salud .
3.º Derecho a la libertad personal .
4.º Derecho a la intimidad .
5.º Derecho a la dignidad personal .
6.º El derecho a la intimidad genética .
a) Concepto y ámbito .
b) Limitaciones del derecho a la intimidad genética .
C. Afectación de derechos de naturaleza procesal .
1.º Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable .
2.º Derecho a un proceso con todas las garantías .
a) Derecho de defensa del imputado en la instrucción .
b) La prueba de análisis del ADN y el derecho de defensa de los acusados .
3.º Derecho a la presunción de inocencia .
XI. LAS BASES DE DATOS DE ADN .
1. El consentimiento informado .
2. Bases de datos de ADN realizadas a nivel general poblacional .
3. Bases de datos de ADN realizadas a nivel de grupos de personas .
4. Bases de datos restringidas por la vinculación del sujeto pasivo con el delito, por razón del propio delito investigado y por el tiempo de conservación de los análisis .
5. Sistema contrario a la elaboración de bases de datos con fines de investigación criminal; eliminación de vestigios .
XII. LA NECESIDAD DE UNA REGULACIÓN LEGAL .
XIII. OTROS PROBLEMAS DERIVADOS DE LAS BASES DE DATOS DE ADN .
XIV. CONCLUSIONES .
XV. RECOMENDACIONES DE LEGE FERENDA .
A. Presupuestos objetivos de las intervenciones corporales .
a) Principio de proporcionalidad .
b) La gravedad del hecho punible .
c) La concurrencia de indicios de criminalidad .
d) La motivación de la resolución judicial .
B. Otros presupuestos a considerar .
a) Personal facultado para la toma de muestras de referencia .
b) Los destinatarios de las intervenciones corporales .
c) El recurso a la coacción física en la ejecución de las intervenciones corporales .
d) La creación de Laboratorios homologados (DF 4.ª de la reforma de 2003) .
e) Remisión a la LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal .
f) Rango legal .

domingo, 15 de enero de 2012

Psicosis versus Psicopatía


Psicopatía y Psicópatas: “Enfermedad” o disfunción psicológica = Variables internas, más tempranas (niñez), como consecuencia de disfunciones parentales (Padre, Madre o ambos) o de crianza temprana, que “impiden” o “inhabilitan” considerablemente el desarrollo de la empatía, la capacidad de arrepentimiento y refuerzan el egocentrismo (abandono emocional) y la compensación sádica del comportamiento con otros (malos tratos y abusos).
Estado Psicótico y Psicóticos: “Episodio psicopatológico agudo” (día de furia), muchas veces único, disfunción general circunstancial (perdida del juicio o desconexión temporal con la realidad) inducido o gatillado por el consumo y abuso de drogas o alcohol, lo cual provoca un efecto potenciador (amplificador) de rasgos limitantes, más comunes, que afectan la salud mental de las personas.

Violencia de genero


La Violencia de género constituye la vulneración más extendida de los derechos humanos en el mundo y su raíz ha quedado establecida en la discriminación que sufren las mujeres respecto de los hombres, y cuya manifestación son las asimétricas relaciones de poder que, históricamente, han sometido a las mujeres y han determinado un papel inferior para las mismas en todas las sociedades.

Baremo valoración de la experiencia profesional en el turno de oficio de psicología forense del COP-CV

Baremo valoración experiencia profesional psicologos forenses COP-CV

Reglamento del Turno de Intervención en Psicología Forense del COP-CV

Reglamento Psicología Forense Valencia